Cualquier dispositivo eléctrico o electrónico en nuestro hogar está sujeto a picos de tensión que pueden ocurrir en cualquier momento. A veces, las subidas de tensión no causan daños, pero en otros casos no tuvimos tanta suerte. Hoy te decimos qué hacer si tu dispositivo falla por eso.

¿Mi seguro de hogar te cubre en estas situaciones?
Cuando tenemos un seguro de hogar que cubre tanto el continente (un piso o una casa como lugar) como el contenido (lo que llevamos dentro), tenemos la opción de consultar el seguro y reclamar una indemnización. Esto es en caso de una subida de tensión.
Debemos demostrar que el daño al equipo eléctrico o electrónico fue causado por una subida de tensión y estuvo fuera de nuestro control. Esto significa que tenemos que demostrar que hubo una sobretensión o un rayo causado por la compañía eléctrica.
Para ello, simplemente acérquese a la oficina de la compañía eléctrica y solicite un documento que certifique que la sobretensión ocurrió en la fecha y hora especificadas. Presentaremos este documento a la compañía de seguros.
Depende de nuestra póliza y tendremos que comprobar qué cubre nuestro seguro. En la mayoría de los casos, no cubrirá averías o averías temporales que se produzcan en las instalaciones eléctricas. Tampoco cubren daños estéticos causados por sobretensiones en electrodomésticos o equipos electrónicos, sólo factores que afecten el funcionamiento del electrodoméstico. Otra cuestión a tener en cuenta es el valor económico del dispositivo, ya que si no supera los 50 o 100 €, el seguro no suele cubrirlo.
¿Qué debo hacer si me encuentro con una subida de tensión?
Si una subida de tensión daña alguno de nuestros electrodomésticos, lo primero que hacemos es llamar a la compañía de seguros para comprobar los documentos a demostrar y las coberturas. También es posible que debamos presentar una factura del electrodoméstico o un recibo de compra para verificar el valor del electrodoméstico.
Además pueden estropear sistemas de seguridad, los cuales permanecen de manera continua conectados a la red eléctrica.
Lo más habitual es que las compañías de seguros envíen técnicos. Esto evaluará el daño y repara el equipo si es posible. Si esto no es posible, la compañía aseguradora puede reembolsar el valor del dispositivo, o reemplazarlo por uno de los dispositivos de similares características.
¿Quién es responsable de la velocidad de los electrones que circulan por el cable hacia mi casa, no de la velocidad con la que toca?
Depende. Sobretensiones en estado permanente (sobretensiones durante un período «prolongado»). Por lo general, ocurren cuando falla la línea neutral de la línea de bajo voltaje de la compañía de servicios públicos. Son la principal causa de daños en electrodomésticos y electrodomésticos. Suele quemar muchos electrodomésticos. La culpa es de la empresa proveedora.
Las sobretensiones transitorias (sobretensiones, picos o picos de tensión durante un «corto» período de tiempo) suelen ocurrir cuando cae un rayo en las líneas eléctricas de baja tensión que alimentan nuestros hogares o negocios, y pueden dañar los equipos conectados a la red. Culpa al rayo.
Hay otras causas de sobretensiones transitorias (aumentos repentinos en la velocidad de los electrones) que no exponemos para evitar la prolongación porque no ocurren con tanta frecuencia, pero lo hacen.
Daños eléctricos por sobrecorriente
Otra causa que afecta a los dispositivos conectados a la red son los cortocircuitos y las sobrecargas.
La sobrecarga de línea es otra causa de cortocircuitos. La sobrecarga es cuando la corriente es mayor que el valor nominal durante un período de tiempo. Sobrecargamos el cable de alimentación cuando requerimos que circule más electrones que el propio cable. En este caso, el cable se quemará y provocará un cortocircuito.
Una sobrecorriente causada por un cortocircuito puede causar un aumento repentino en la entrada de «demasiados» electrones dentro del dispositivo, quemándolo y dejándolo inutilizable.
¿Quién es responsable de la sobrecorriente?
En principio, una instalación eléctrica en casa o negocio está bien hecha, ya que antes de que la empresa suministradora pueda conectarse a la red, debes pasar tres pruebas:
- Primero: El instalador autorizado que realizó la instalación le emitirá un boletín indicando que la instalación fue correcta y cumple con el REBT (Reglamento Eléctrico de Baja Tensión) en ese momento.
- Segundo: de una entidad colaboradora que supervisa la instalación (tarifas por la misma)
- Tercero: La propia compañía eléctrica tiene el poder de supervisar tu instalación, no es tu problema si no lo hace, pero ellos cobran seguro.

Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.


Buenos días, Enrique:
Soy Licenciado en Ciencias Físicas, especialidad Electrónica, por la UCM, Graduado en Derecho por la UMA y Profesor de Enseñanza Secundaria, por las Especialidades de Física y Química y Tecnología.
Estoy preparando una demanda contra ENDESA por daños causados en dos electrodomésticos de mi vivienda por sobretensión en la red de distribución y he visto su página en Internet. Le recomiendo que, si puede, quite las barbaridades que pone respecto a las velocidades de los electrones,..porque si le juzgan como jurista por sus conocimientos físicos va a salir muy mal parado.
Saludos y feliz año nuevo!
Le copio aquí los párrafos:
«La mayoría de los equipos eléctricos que poseemos en nuestra casa o industria están construidos para que los electrones entren a una velocidad de 230 voltios (230 km/h). ¿Qué sucede cuando hay un aumento de voltaje (un aumento inesperado en la velocidad de los electrones)? Bueno, los electrodomésticos se «queman» porque los electrones circulan dentro de ellos más rápido de lo que están diseñados, por lo que se descomponen».
«Un cortocircuito consta de dos conductores conectados a diferentes potenciales. Un cortocircuito ocurre cuando dos cables «tocan» electrones que circulan en dirección y sentido a diferentes velocidades. Los electrones provocan un aumento en la fuerza al «chocar», derritiendo el cable después de la chispa, y también es probable que provoquen un incendio. Por ello, existen dispositivos de protección contra cortocircuitos en los cuadros eléctricos de la vivienda denominados disyuntores, cortacircuitos y fusibles».
Gracias, ya lo he borrado.
Este artículo me lo escribió un colaborador que no quiso publicar su nombre en el blog. Lo voy a tener en cuenta que la próxima vez lo revise alguien de la materia, porque yo no soy físico.
Un cordial saludo y gracias por sus observaciones.
Buenas noches Placido.
He visto que está usted preparando una demanda contra ENDESA. Disculpe mi atrevimiento, pero yo me encuentro en la misma situación y pretendo también poner una demanda. Si fuera tan amable de darme alguna orientación de por donde empezar. Mi situación económica no me permite contratar un abogado y quisiera saber si yo misma lo puedo hacer. Muchas gracias
Buenos días Maria José. Sino dispone de recursos para contratar abogado, puede solicitar uno a través del turno de oficio (acude al colegio de abogados de su demarcación judicial y le asignaran uno).
El proceso de su reclamación depende de lo que quera conseguir. Existen diversas estrategias, aunque lo más aconsejable es en primer lugar poner hoja de reclamación a la empresa y esperar 30 días a que nos contesten. En caso que no nos aporten una solución, entregar esa hoja de consumo, firmada y sellada por la empresa, a la Delegación de consumo de tu domicilio.
A partir de ahí, verás si ENDESA desea acogerse a una mediación o a un arbitraje o le aporta una solución directa sin tener que recurrir a ninguna otra vía.
En caso que no le convenza las soluciones que ENDESA aporta, o la misma empresa se niega a ofrecerle solución y acogerse a la mediación y arbitraje, tan sólo le quedará la vía judicial.
En los procesos civiles, se requiere abogado y procurador cuando la cuantía a reclamar supera los 2.000 € (independientemente del proceso) para interponer demanda contra la empresa.
De todas formas, estas dudas no se plantean en un comentario de un blog, porque aquí desconocemos todos los hechos que se han producido. le recomiendo que contrate un abogado o vaya directamente al turno de oficio para que le asignen uno.
Un cordial saludo