La nueva Ley de Autónomos introducirá nuevos cambios para la regulación de este tipo de trabajadores; es decir, aquellas personas que trabajan por su cuenta y no son asalariados de una determinada empresa (según estatuto de Autónomos). Algunas de estas modificaciones entrarán en vigor antes del 2018 y; otras deberán de esperar la entrada del año para que tengan efectos jurídicos.
Las importantes reformas de la nueva Ley de Autónomos
- Prolongación en la tarifa plana del autónomo a 12 meses (50 €). Esta novedad no será efectiva hasta enero de 2018 y consiste en ampliar de 6 a 12 meses el periodo en el que el autónomo sólo tiene que pagar 50 €. Por tanto, se prolonga esta bonificación hasta 6 meses más de los ya existentes. Asimismo, entre los meses 13 hasta el 18, la deducción estará bonificada en un 50%. A partir del mes 19 hasta los 2 años, el autónomo sólo se beneficiará del 30% de deducción.
- Amplitud de los requisitos para ser beneficiario de esta tarifa plana. Otra de las novedades de esta ley de autónomos es que para disfrutar de esta tarifa plana, no será necesario que en los 2 años anteriores no se haya estado de alta como autónomo (RETA); sino que asciende a 3 años.
- Alteración en la regla de cotización. La nueva ley de autónomos confirma que los días de cotización no serán, a partir del próximo año, el mes completo; sino que los beneficiarios tendrán 3 altas y bajas al año en el que solo se cotizará por los días del mes en los que se haya estado de alta.
- Las personas discapacitadas o víctimas de violencia de género obtendrán una bonificación; A partir del 1 de enero de 2018, este colectivo obtendrá una reducción del 80% en los primeros 12 meses y del 50% en los siguientes 48 meses.
- Reducción de 100% de las cuotas a pagar por parte de los autónomos colaboradores (familiar directodel trabajador autónomo titular que trabaja para él).
Medidas para emprendedores
- La tarifa plana se puede volver a disfrutar pasados 3 años desde que la disfrutaron. Excepto si se trataba por baja de maternidad. Las madres que reemprendan antes de 2 años que cesaron su actividad por maternidad o adopción podrán recuperar la tarifa plana sin esperar a los 3 años.
- Los emprendedores con discapacidad obtendrán mejoras.
- Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los seis siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos 6 al 30%.
Medidas fiscales y mejoras en el sistema de cotización
Entrarán en vigor a partir de enero de 2018:
- Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad; pasando del 20% al 10% en el primer mes.
- Si los autónomos trabajan desde casa, podrán deducirse el 30% de los gatos de su suministro (agua, luz, teléfono…).
- Ahora se podrá deducir 26,67 € diarios en el IRPF por gasto en comida si su actividad se desarrolla en territorio español, y 48€ si se desarrolla en el extranjero.
- Ahora los autónomos sólo pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el RETA, dejando atrás la obligación de pagar la cotización a la Seguridad Social durante todo el mes.
- Podrán darse de alta y baja 3 veces al año.
- Podrán cambiar 4 veces al año su base de cotización.
- Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla; es decir, cuando se realizan 2 o más actividades laborales que obligan a cotizar en más de un Régimen de la Seguridad Social.
- Un autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
- La cuota de los autónomos se desvincula del SMI (Salario Mínimo Interprofesional). Ahora dependerá de lo que se establezca en los presupuestos generales del Estado (PGE); previa negociación con las asociaciones de autónomos más importantes.
Medidas para apoyar la familia
- Por fin los autónomos que sean madres o padres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja. Este derecho no sólo es para la maternidad y paternidad; sino se extiende para la adopción y para el acogimiento de menores.
- Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
- Se facilita la contratación de hijos discapacitados.
- Ahora se bonificarán las contingencias comunes el 100% un periodo de 12 meses en los casos de contratación de familiares de primero y segundo grado. Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no hubiera extinguido contratos de trabajo y; además, debe mantener el contrato durante al menos 6 meses.
Otras medidas de la Ley de Autónomos
- En materia de Prevención de riesgos laborales; se reconoce el accidente in itinere para los profesionales autónomos. No obstante, no puede coincidir con su domicilio y; además, el autónomo debe estar cotizando por este tipo de contingencias. Se le aplicará el 75% de la prestación desde el día siguiente de la baja.
- Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”.
Si está interesado en leer esta nueva ley, puede consultarla en el BOE (Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo).

Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.
Decidicamente lo que más me ha sorprendido es que, por fin, reconozcan que el trayecto al lugar de trabajo de un autónomo forma parte de su jornada laboral a efectos del seguro. La verdad, lo que les ha costado.
Lamentablemente, el colectivo de los autónomos está muy mal representado en los distintos grupos parlamentarios y pocos partidos políticos luchan por este colectivo.
Me imagino que ya es triste que los representantes sindicales (para los trabajadores a terceros), no representen a nadie, lo que no hay es una representación de ese ‘motor’ de la economía que somos los pequeños empresarios. Nos quedamos con lo de siempre, una cotización abusiva con unas prestaciones vergonzosas.
Así es compañero «otro autónomo»