La posibilidad que te toqué el Gordo de Navidad es de 1 entre 100.000 para todo el mundo, salvo para Hacienda; pues con la Lotería de Navidad, Hacienda siempre gana, también con la Quiniela u otro premio de apuestas del Estado.
Si eres uno de los afortunados, tendrás que saber que la Agencia Tributaria se llevará una parte de tus ingresos. Tranquilo, nosotros como asesores fiscales que somos te explicamos cómo funciona la fiscalidad de la lotería, cuánto te retiene Hacienda del premio y cuántos impuestos pagarás.
la Fiscalidad de la Lotería de Navidad
Antes de 2013, las ganancias de los juegos de azar estaban “exentas de tributar”. En un principio si ganabas la Lotería de Navidad no tenías que pagar ni un duro a Hacienda ese mismo año. No obstante, al año siguiente en la Declaración de la Renta (IRPF) las ganancias generadas por ese dinero iban en ganancias patrimoniales. Por ese motivo, se decía que se decía que los impuestos de la lotería se pagaban a uno dos años vista, dependiendo cuando se hayan conseguido [la lotería de diciembre si entra en la Renta del siguiente año; mientras que las loterías y premios de enero, entraban ya en la fiscalidad del siguiente ejercicio fiscal, teniendo que esperar un año en tramitarlo].
Desde 2013, este panorama ha cambiado. La fiscalidad de la Lotería de Navidad y Quinielas es muy clara y también relativamente sencilla. Ahora todas las Apuestas del Estado (ONLAE) tributan en base a un porcentaje fijo que pagarás en impuestos por todos los premios siempre que superen una determinada cuantía.
La norma que cambió esta regulación es la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.
¿Cuántos impuestos debes pagar si ganas la Lotería y Lotería de Navidad?
Actualmente, las ganancias de cualquier Lotería, incluida la Lotería de Navidad, deben tributar por el 20% si supera el mínimo exento.
El mínimo exento va a ir subiendo progresivamente cada año, estando en 2018 fijado en 10.000 €; mientras que en 2019 es 20.000 € hasta alcanzar en 2020 la cifra de 40.000 €.
Por esta cantidad no pagarás; pero toda cuantía que exceda ésta cifra deberá tributar por el 20 % sobre el resto de la cuantía. Por ejemplo, si has ganado 20.000 €, los primeros 10.000 € en 2018 estarán exentos y por los 10.000 € restantes deberás tributar el 20%; es decir, 2.000 €.
¿Cómo calculo la cuantía o dinero que recauda Hacienda por cada premio en las apuestas?
Todas las apuestas del Estado, incluida la Lotería de Navidad, deben tributar por un 20% la cuantía que exceda al mínimo exento.
Para calcular dicha cuantía, tan sólo tenemos que saber cuál es la cuantía que hemos obtenido y restarle a ésta la cantidad exenta de esa operación. A continuación, al resultado obtenido aplicamos el 20% y obtendremos la cantidad líquida que debemos pagar a Hacienda.
Imagínate que te ha tocado el Gordo de Navidad de 2019, que son 400.000 €. A continuación, como estamos en 2018, sabemos que la cuantía exenta son los primeros 10.000 €, por tanto realizamos la siguiente operación aritmética [a la cifra obtenida le multiplicaremos el 20% para obtener la cuantía a pagar a Hacienda]:
400.000 – 20.000 = 380.000 x 0.20 = 76.000 €
Pongamos otro ejemplo. Imagina que ganas 4.000 € en una quiniela en 2019. ¿Cuánto tienes que tributar? Gracias al mínimo exento no pagarás impuestos por este premio.
Pero ahora supongamos que ganas la bonoloto por una cifra de 16.000 euros. En este supuesto tendrías que pagar 1.200 euros al realizar la siguiente operación matemática:
26.000 – 20.000 = 6.000 x 0.20 = 1.200 €
Por tanto, los primeros 20.000 euros estaban libres de impuestos y; sobre los 6.000 euros restante tendrás pagar un 20%. A final, Hacienda se quedará con 1.200 euros de tu premio.
El mínimo exento de la Lotería de Navidad: ¿Cómo será la evolución del mismo?
Como ya hemos reseñado anteriormente, la tributación de los premios de la lotería de Navidad y cualquier Apuesta del Estado (ONLAE) tiene una cuantía exenta que varía según el año que nos encontremos.
En la citada Ley 16/2012 se menciona que el mínimo exento esde 2.500 €, pero gracias a una enmienda aprobada por la Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados (art. 67 de Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) se eleva el importe exento de tributación de los premios y loterías en las siguientes cuantías:
- hasta 10.000 euros en 2018,
- 20.000 euros en 2019 y,
- 40.000 euros en 2020.
Por la cantidad que exceda de esos límites habrá que pagar un 20% a Hacienda, como se venía haciendo hasta ahora; dejando a un lado la antigua cifra de 2.500 € que establecía la ley 16/2012.
¿Cuándo y cómo se pagan los impuestos de la lotería?
Para evitar fraudes en esta cuestión, la AEAT ha diseñado un programa de retenciones de IRPF que se aplica al recibir el premio obtenido en la apuesta del Estado y; te lo quitará antes que de que llegue a tu cuenta.
En otras palabras, hay una retención de IRPF en los premios de la Lotería, que coincidirá con el porcentaje de impuestos que tienes que pagar por la Lotería una vez restado el mínimo exento. Por tanto, en el caso anterior de los 16.000 € de la bonoloto, sólo recibirás 14.800 € y los 1.200 € van directamente a las arcas del Estado. De esta forma, Hacienda controla perfectamente el impuesto de sus apuestas y se asegura que siempre pagarás.
Cuando realices la Declaración de la Renta, esa cifra ya estará en su correspondiente casilla del borrador. En caso que haya una errata, deberás de cumplimentarla tú mismo porque el sujeto pasivo está obligado a informar a la AEAT todos sus ingresos anuales en la Declaración de la Renta.
¿En qué casilla de la Declaración de la Renta se pone el premio de la lotería de Navidad?
Las ganancias obtenidas en premios y apuestas del Estado (incluido la lotería de Navidad) deben estar señalados en la página 10 de la Declaración de la Renta al ser una ganancia patrimonial no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales; concretamente en el apartado Premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios. Básicamente hay que señalarlo en las casillas siguientes:
- Casilla 266 equivale a los premios en metálico.
- Casilla 268 y 269 equivale a la retención del 20% que son los ingresos a cuenta ya pagados.
Si es un no residente, no tendrá que realizar la Declaración de la Renta, sino el modelo 230 de la AEAT correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de No Residentes. El no residente también deberá de rellenar el Modelo 136 si no se practicó previamente la retención del citado 20%.
¿Qué ocurre cuando has comprado décimos compartidos o existen participaciones?
Es frecuente que con la Lotería de Navidad las personas compren décimos compartidos entre varios familiares o amigos. ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Cómo se tributa y se pagan esas retenciones?
En realidad los impuestos de la lotería son los mismos para las participaciones y los décimos compartidos y siguen las mismas reglas que antes hemos enunciado.
La única diferencia radica en que si ese décimo es compartido, a la hora de entregar el décimo en el banco, es necesario que estén todas las personas que comparten décimo. Sólo de esta manera tanto el banco como Hacienda podrán identificar claramente a los ganadores.
En caso de no hacerlo de este modo, para la AEAT sólo habrá un ganador: la persona que recoge el premio. Y al repartir esa ganancia entre el resto de participantes estaríamos ya ante una donación con lo cual debería el ganador tributar el 20% de la ganancia que ha obtenido en el premio y; los que reciben la donación pagar lo que corresponda según su Comunidad Autónoma (según la tarifa del impuesto o tabla que haya aprobado esa Comunidad Autónoma). No se trataría de una doble imposición, pues se trata de otra operación a efectos tributarios. Un ganador reparte luego sus ganancias a título gratuito, lo que se considera donación.
¿Qué ocurre con el dinero exento de pagar impuestos en supuestos de décimos compartidos?
El décimo completo tiene una cuantía exenta de 10.000 €; esa cuantía no está exenta por cada ganador, sino tan sólo una vez para todo el décimo. A la cantidad restante, se prorratea entre el número de participantes que comparten ese décimo en función del porcentaje que tenga cada una de esas participaciones.
A partir de ahí, tampoco cambia el porcentaje a pagar ni la retención de IRPF sobre el décimo compartido, que será también del 20% para cada uno.
Imaginemos que has comprado un décimo dela lotería de Navidad con tres amigos y obtenéis una ganancia de 20.000 €. Para cumplir con Hacienda, los tres amigos vais al banco a ingresar el décimo del que os corresponde 6.666,66 € a cada uno si las participaciones son iguales. En ese momento se restarán los 10.000 euros exentos; quedando la cuantía de 10.000€ para tributar. A esta cifra hay que calcular el 20% que pagaréis a Hacienda que es 2.000 €. Como sois tres personas, cada uno pagará la parte correspondiente que en este caso corresponde a 666,66 € cada uno e ingresaréis 6.000 € cada uno.
¿Y si te ofrecieran más dinero por un décimo de lotería premiado?
Imagina que tienes la suerte de ser premiado con el primer premio de la lotería de Navidad. Lo que tantas y tantas veces has soñado se hace realidad. Es un momento de felicidad absoluta y, todavía sin digerir la noticia, alguien llama a tu puerta ofreciéndote aún más dinero del que has ganado a cambio de tu boleto premiado, ¿lo aceptarías?
Te aconsejo que nunca aceptes esta operación, ya que en caso de hacerlo, serás un colaborador de un delito de blanqueo de capitales. Si, si, se trata de un delito penal. Yo no me la jugaría. Disfruta de tu premio y NUNCA participes en el BLANQUEO DE CAPITALES. Normalmente, las personas que quieren blanquear dinero son personas que han obtenido ese dinero de forma ILÍCITA, a través de venta de drogas, productos de contrabando… O bien son personas que no han declarado cifras importantes de sus rendimientos y ahora quieren aprovecharse de tu suerte.
Tabla de fiscalidad de la Lotería de Navidad 2018
A continuación, mostramos una tabla donde señalamos cuanto retiene Hacienda por cada uno de los premios que se conceden en la Lotería de Navidad en el año 2018. Se han aplicado las reglas anteriormente expuestas:
Premios por serie | Importe del premio | Impuestos que pagas | Cuanto te queda |
1 | 400.000 € | 78.000 € | 322.000 € |
1 | 125.000 € | 23.000 € | 102.000 € |
1 | 50.000 € | 8.000 € | 42.000 € |
2 | 20.000 € | 2.000 € | 18.000 € |
8 | 6.000 € | 0 € | 6.000 € |
2 | 2.000 € | 0 € | 2.000 € |
2 | 1.250 € | 0 € | 1.250 € |
2 | 960 € | 0 € | 960 € |
495 | 100 € | 0 € | 100 € |
1794 | 100 € | 0 € | 100 € |
2997 | 100 € | 0 € | 100 € |
9999 | 20 € | 0 € | 20 € |
Tabla de fiscalidad de la Lotería de Navidad 2019
Premios por serie | Importe del premio | Impuestos que pagas | Cuanto te queda |
1 | 400.000 € | 76.000 € | 324.000 € |
1 | 125.000 € | 21.000 € | 104.000 € |
1 | 50.000 € | 6.000 € | 44.000 € |
2 | 20.000 € | 0 € | 20.000 € |
8 | 6.000 € | 0 € | 6.000 € |
2 | 2.000 € | 0 € | 2.000 € |
2 | 1.250 € | 0 € | 1.250 € |
2 | 960 € | 0 € | 960 € |
495 | 100 € | 0 € | 100 € |
1794 | 100 € | 0 € | 100 € |
2997 | 100 € | 0 € | 100 € |
9999 | 20 € | 0 € | 20 € |
Tabla de fiscalidad de la Lotería de Navidad 2020
Premios por serie | Importe del premio | Impuestos que pagas | Cuanto te queda |
1 | 400.000 € | 72.000 € | 328.000 € |
1 | 125.000 € | 17.000 € | 108.000 € |
1 | 50.000 € | 2.000 € | 48.000 € |
2 | 20.000 € | 0 € | 20.000 € |
8 | 6.000 € | 0 € | 6.000 € |
2 | 2.000 € | 0 € | 2.000 € |
2 | 1.250 € | 0 € | 1.250 € |
2 | 960 € | 0 € | 960 € |
495 | 100 € | 0 € | 100 € |
1794 | 100 € | 0 € | 100 € |
2997 | 100 € | 0 € | 100 € |
9999 | 20 € | 0 € | 20 € |
A lo largo de este artículo os hemos enseñado a calcular la cuantía del impuesto que corresponde en caso de ser el ganador de un premio o apuesta del Estado.
Desde Ruiz Prieto Asesores os deseamos mucha suerte en la Lotería de Navidad de 2018. Espero que a todos vosotros os toque un buen premio y que paséis unas estupendas fiestas navideñas. No olvides compartir este artículo con tus contactos que también desean saber qué cuantía le corresponde si obtienen un gran premio en esta lotería.
Hasta luego queridos lectores.
Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.