Una breve guía de cómo hacer el IRPF

¿Estás perdido en cómo elaborar tu IRPF?

Muchos estudiantes de derecho se pierden a la hora de elaborar el IRPF en sus respectivos exámenes. No saben cómo solucionar todos los posibles casos que se nos pueden plantear durante la realización de pruebas de la carrera de Derecho.

A continuación, vamos a dar unas breves pautas para que todos estudiantes puedan superar  esta asignatura con mayor facilidad (Derecho financiero y tributario 2); dado que es una de las materias que más suspenso arrastra de la carrera, sobre todo, en la UNED.

La dificultad de esta asignatura radica en que es un examen 100% práctico y pese a dejar el código tributario durante toda la prueba presencial; la mayor parte de los alumnos NO están preparados para superar cada una de las preguntas que nos realiza la cátedra de este departamento de derecho.

Lamentablemente pocos profesores dedican algunas clases para saber cómo manejar el código tributario. Su funcionamiento es parecido a cualquier disciplina del derecho, donde tendremos distintas leyes y normas y tendremos que saber a cuál de ellas acudir en todo momento.

Este será el propósito de este artículo, enseñar unas nociones básicas para saber cómo encontrar lo que buscamos en el código tributario; y así poder responder adecuadamente la mayor parte de las preguntas que nos realicen sobre esta materia. ¡¡Empecemos!!

¿Quién tributa este impuesto?

En primer lugar, se debe tener muy presente para qué sirve este impuesto y a qué sector va dirigido. En ciertas ocasiones los examinadores hacen preguntas trampas; que van encaminadas a responder si se debe o no realizar este impuesto en un determinado supuesto. Debemos tener en cuenta que:

    • Es un impuesto personal y directo que grava las rentas de las personas.
    • Se dirige a las personas físicas a título individual que tengan su residencia en España (183 días al año).
    • Se extiende a los miembros diplomáticos, consulares y funcionarios de España que residan fuera del país.
    • Las personas jurídicas NO están sujetas a este impuesto. Deberán de tramitar el Impuesto de Sociedades.

¿Qué grava el IRPF?

La Renta del contribuyente que equivale a la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales.

Estructura del impuesto IRPF

La Ley 35/2006 sobre el IRPF está estructurado en los siguientes títulos:

  • Sujeción al impuesto: aspectos materiales personales y temporales (art 6 al 14, Título I): Este título te ayudará a responder muchas cuestiones del examen para responder cuestiones sobre el hecho imponible, rentas exentas, contribuyentes y periodo impositivo.
  • Renta sometida a gravamen (art 15, Título II).
  • Determinación de la base imponible (art 16 al 49 Título III): La mayor parte de preguntas de este examen requieren una lectura pormenorizada de este título; ya que en él te desmenuzan los rendimientos de trabajo, los rendimientos de capital (mobiliario e inmobiliario), actividades económicas y pérdidas y ganancias patrimoniales. Para determinar el apartado donde va dirigido ese rendimiento, debes acudir a cada uno de estos apartados. Siempre se estructuran igual. En un primer lugar se define el concepto o categoría de rendimiento y, más tarde, algunas peculiaridades.
  • Base liquidable (art 50, Título IV).
  • Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares (56-60 bis, Título V).
  • Cálculo del impuesto estatal (art 62-70, Título VI).
  • Gravamen autonómico (art 71-78, Título VII): Aquí se encuentran todas las normas peculiares de cada Comunidad Autónoma. Rara vez entran en el examen, pero sin importantes para la vida real.
  • Cuota diferencia (79-81, Título VIII).
  • Tributación familiar (82-84, Título IX).
  • Regímenes especiales (85-95, Título X): transparencia fiscal, derechos de imagen, trabajadores desplazados, inversión colectiva y ganancias patrimoniales por cambio de residencia.
  • Gestión del impuesto (96-98, Título XI): aspectos importantes sobre las declaraciones, pagos a cuenta y liquidaciones.
  • Responsabilidad patrimonial (106-107, Título XII).
  • Orden jurisdiccional (108, Título XIII).

Luego se encuentra el Reglamento del IRPF que complementa algunas de las disposiciones que aquí se han enunciado.

Realización de ejercicios. ¿Cómo afrontar la mayor parte de preguntas?

Si observamos todas las preguntas de años anteriores, podemos agruparlas bajo los siguientes grupos:

  1. Cuestiones sobre rendimientos económicos, laborales y patrimoniales. Todas estas cuestiones se resuelven con el título III: determinación de la base imponible. El truco consiste en acudir a los primeros artículos de cada uno de los posibles rendimientos y ver si el caso que nos preocupa se encuentra en esa categoría o no. Una vez localizado, es conveniente leer todo el articulado de ese rendimiento o ganancia patrimonial para ver si hay más cosas que decir sobre ese supuesto. Si queremos más nota, acudimos al reglamento del IRPF para completar la información, dado que en esta norma se encuentran más desarrolladas algunas cuestiones de este bloque.
  2. Cuestiones sobre circunstancias personales y tributación conjunta. Siempre se responden con los apartados del título V y IX. Tenemos que tener claro que la renta es individual, sólo pueden tramitarla conjuntamente el matrimonio sin separación de hecho o judicial; o bien los descendientes y ascendientes. Te recomendamos leer el artículo sobre el parentesco para que puedas saber cuándo se aplica uno u otro.
  3. Cuestiones sobre cantidades: primero hay que observar el artículo 7 que trata sobre las rentas exentas del IRPF. Pueden ser totales o parciales (hasta una cierta cantidad). En caso de no encontrarse aquí la respuesta, debe determinarse según las reglas de los títulos VI, VIII y XI.

¿Cuándo utilizar el reglamente del IRPF?

Es recomendable siempre acudir a la Ley primero y supletoriamente al reglamento del IRPF. Hay momentos que la Ley del IRPF nos remite al reglamente con la frase “reglamentariamente…”. Entonces nos indica que es conveniente echarle un ojo al reglamento para que no se nos escapen ciertas cuestiones fundamentales que pueden cambiar o alterar nuestra respuesta sobre exenciones, cantidades, etc.

También se emplean mucho en las cuestiones del grupo 1 anteriormente descrito; puesto que los rendimientos son la gran base que regula el reglamento. No existe ninguna complicación, puesto que aquí una vez definido por la Ley principal, ahora desglosa más algunas categorías o aspectos.

Otros consejos para los estudiantes

Ahora que conoce que apartados son los fundamentales del IRPF; te propongo que leas con atención estos otros consejos para que puedas organizar correctamente esta asignatura para la prueba presencial. Debemos tener en cuenta que actualmente la UNED nos deja, afortunadamente, señalar algunas partes del Código Tributario:

  • Recomendamos leer con detenimiento toda la ley antes de presentarse al examen. Asimismo, del reglamento de cada uno de los impuestos, en este caso del IRPF.
  • Subraya a lápiz los términos más emblemáticos de cada artículo. En esta lectura puedes señalar los términos más significativos de cada artículo. No se trata de señalar párrafos o frases enteras, puesto que de nada nos sirve tener señalado toda la norma. Por ejemplo, nosotros hacemos lo siguiente para el capítulo de las exenciones, señalando solamente los campos que están exentos: becas, ayudas y premios literarios… La explicación en este apartado no tiene sentido subrayarla, dado que lo que te interesa es visualizar rápidamente que elementos pueden estar total o parcialmente exentos. Una vez localizado, leeremos el artículo detenidamente en el examen para contestar la pregunta.
  • Señalar mediante possit los distintos contenidos. Podemos aprovechar los distintos colores para señalar distintos contenidos. Cada uno debe señalarlo como más le guste (por ejemplo por capítulos). Los contenidos que nunca te pueden faltar en la señalización es el índice de cada ley o reglamento; y el índice analítico de la parte de detrás para encontrar palabras en el menor tiempo posible.
  • Dormir y descansar antes del examen es fundamental en todas las asignaturas. Quizás en esta asignatura sea aún más necesario, ya que tener una mente tranquila y despejada hará que encontremos mejor las respuestas e interpretemos mejor la ley.
  • Puedes ver otros consejos en nuestro curso gratuito de asesor fiscal. A través de vídeos te enseñamos trucos, consejos, cómo manejar la ley. etc. 

¿Cuándo utilizar el índice analítico?

Si estás perdido durante el examen y no sabes a donde acudir, te recomiendo que acudas al índice analítico del código tributario de Aranzadi. En este índice encontrarás muchos elementos y palabras claves que nos remitirán al artículo de la Ley y del Reglamento donde se mencionan.

Muchos estudiantes no saben emplear esta sección, que sólo tienes que tener en cuenta los siguientes elementos:

    • Cada ley del código tributario de Aranzadi tiene un número que la distingue. La Ley del IRPF es la 14, mientras que el reglamento el nº 16. Este número acompaña en la parte superior derecha de todo el libro y entre paréntesis uno de los artículos que se citan en esa página. Así te ayudará a localizar los artículos que remite el índice analítico con una mayor rapidez.
  • Términos jurídicos: en este apartado se recopilan una serie de términos jurídicos de cada uno de los impuestos. Si no encuentras uno de ellos, te sugiero que busques un sinónimo parecido. Por ejemplo, si buscas «concurso» no viene, pero en cambio, sí aparece «premios».
    • En muchas ocasiones estos términos nos hacen viajar a otros. Por ejemplo si buscamos «salarios», nos remite a «rendimientos de trabajo». Debemos acudir a este término jurídico y en él te enumeran casi todos los supuestos que engloba este tipo de rendimiento.

Pensar adecuadamente en los exámenes: ¿Qué preguntas debemos hacernos?

A continuación pondremos brevemente el examen de la 1 semana de enero del 2017 y como nos enfrentamos a él para descubrir las mismas respuestas que el departamento quiere que aportemos.

Pregunta 1: Javier ha vendido en 2017 unos derechos de suscripción preferente de acciones que no cotizan en Bolsa por 10.000 €. ¿Debe integrar alguna cantidad en su declaración del IRPF por razón de esta venta? Conteste en primer lugar «Sí» o «No». A continuación, justifique su contestación y, en caso de respuesta afirmativa, indique qué calificación merecería esa renta (esto es, en qué categoría de rendimientos o ganancias patrimoniales se incluiría).

Cuando leemos este tipo de preguntas, en primer lugar debemos atender a tres preguntas:

  • ¿Es un supuesto exento? En este caso no, porque no se encuentra en el apartado 7 de la Ley del impuesto de Personas Físicas (IRPF), Por tanto, ya tenemos el primer apartado de la respuesta contestado: SI debe integrar alguna cantidad en el IPFF.
  • ¿Qué tipo de rendimiento económico es? Nos tenemos que remitir al Título III de la Ley que nos remite a las distintas categorías existentes. Buscando entre sus articulados, tenemos que es una ganancia patrimonial, de acuerdo con lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 37.1.b) LIRPF.

Pregunta 2: Juan, empleado en una tienda, está casado con María en régimen de gananciales. Como los rendimientos del trabajo que obtiene Juan son bienes gananciales, él integra en su autoliquidación del IRPF la mitad de ellos y María la otra mitad. ¿Están actuando correctamente al proceder de esta forma? Conteste en primer lugar «Sí» o «No» y a continuación justifique su respuesta.

  • ¿Es uno de los casos de tributación conjunta? Todas las circunstancias familiares y personales están siempre bajo los títulos V y IX. Si nos leemos estos artículos sabemos que el matrimonio puede hacer una declaración conjunta (art. 82 LIRPF). Ya sabemos por tanto que pueden hacerla conjuntamente al ser un matrimonio. Pero la pregunta en este supuesto es si pueden repartir sus ganancias de forma individual.
  • ¿Es posible repartir las ganancias entre dos familiares? o lo que es lo mismo ¿cuáles son las características de este impuesto? se trata de un impuesto directo para personas físicas. ambas lo son en este supuesto. si leemos más detenidamente el título I, existe un capítulo para contribuyentes y específicamente en el art. 11 nos dice cuándo deben ser de forma individual.
  • Respuesta: No. De acuerdo con el primer párrafo del artículo 11.2 LIRPF, «Los rendimientos del trabajo se atribuirán exclusivamente a quien haya generado el derecho a su percepción». Por lo tanto, Juan debe integrar en su autoliquidación todos sus rendimientos del trabajo, sin que su esposa María deba incluir en su declaración cantidad alguna por este concepto. En cambio, sí podrían hacerlo de conjuntamente al ser un matrimonio.

Pregunta 3: José ha integrado en su autoliquidación del IRPF como ganancia patrimonial el premio de 3.000 € que ha ganado en la Lotería de la Navidad de 2015 organizada por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado. ¿Ha actuado correctamente José al proceder de esta forma? Conteste en primer lugar «Sí» o «No» y justifique su respuesta a continuación.

Esta es una de las preguntas que no sabíamos cómo encontrar. Acudimos al índice analítico y en premios nos remite a la disposición general 33 de la LIRPF, que dice: «No se integrarán en la base imponible del Impuesto los premios previstos en esta disposición adicional». Por lo tanto, José no debe integrar cantidad alguna por el premio en su autoliquidación del IRPF.

Pregunta 4: Juan, usufructuario de un inmueble, lo ha arrendado. ¿Qué calificación merece la renta que percibe por ese arrendamiento en el IRPF? Dicho de otro modo, ¿en qué categoría de rendimientos o de ganancias o pérdidas patrimoniales se incluye?

Se trata de un rendimiento de capital inmobiliario. Así se deduce del artículo 22.1 LIRPF, según el cual, entre otros, tienen la consideración de rendimientos procedentes de la titularidad de derechos reales sobre los bienes inmuebles (como el usufructo) todos los que deriven de su arrendamiento.

Conclusiones sobre el IRPF

Podemos concluir que este impuesto (IRPF) es uno de los más difíciles de tramitar para esta asignatura de la carrera. No obstante, pese a su complejidad, siempre tenemos que tener en mente 3 líneas o preguntas para poder resolver cada una de las dudas que nos pregunten.

Hemos elaborado esta infografía donde todo este texto, está explicado a nivel gráfico. Como puede observar no se trata de memorizar la asignatura, sino de saber dónde acudir en todo momento.

Guia del Impuesto de Personas Físicas (IRPF)

Si eres un particular y estás leyendo esta información sobre este impuesto, y no sabes cómo realizarlo, te animamos a que contacte con nosotros. Así estarás en buenas manos y tendrás seguridad de que lo has hecho correctamente, pues llevamos más de 32 años de servicios en esta materia.



Muchos artículos de los que hace referencia este ley requieren la adecuada interpretación de los mismos y; sobre todo, comprender el alcance de cada uno de ellos, que en muchas ocasiones requieren un profundo conocimiento del derecho mercantil, laboral e incluso civil. Así te ahorras mucho tiempo y podrás dedicarte a las cosas realmente importantes de tu negocio o actividad laboral / empresarial al que te dediques. Tampoco tendrás que preocuparte por conocer todos los plazos de caducidad y prescripción de tus derechos. Nosotros le comunicaremos cuando debes hacer uno u otro impuesto.

No olviden compartir este contenido en las redes sociales, puesto que si tiene mucha acogida, elaboraremos esquemas parecidos para el resto de impuestos, como el del IVA e ITP. Así los estudiantes podrán saber dónde se encuentran todas las respuestas de cada uno de los exámenes.

En el siguiente pdf, podrás descargar los casos prácticos del IRPF solucionados por el departamento de financiero y tributario de la UNED.

archivo pdf

Enrique Ruiz Prieto

¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.

Sumario
Una breve guía de cómo hacer el IRPF | Ruiz Prieto Asesores (Sevilla)
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Una breve guía de cómo hacer el IRPF | Ruiz Prieto Asesores (Sevilla)
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¿Estás perdido en cómo elaborar tu IRPF? ¿No sabes cuando manejar la Ley del Impuesto sobre Rentas Físicas o su reglamento? ¡¡Aquí te lo mostramos!!.
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Ruiz Prieto Asesores
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2 comentarios en «Una breve guía de cómo hacer el IRPF»

  1. Soy licenciada en derecho, y actualmente preparo oposiciones para Hacienda. El IRPF y el IVA, me causan sudores, y a veces, hasta se me corta la digestión. No puedo con ellos. Por eso agradezco sobremanera, cuando encuentro alguna aclaración al respecto, como en este caso. Durante unos segundos veo a Dios. Por eso, me gustaría ( ya sé que no se va a hacer lo que a mí, precisamente a mí, me guste, pero hay que intentarlo) si fuera posible, que publicaráis cuantos más artículos aclaratorios del IRPF y del IVA, mejor, como habéis hecho en los que acabo de descubrir. Muchas gracias por todo. ITZIAR

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