Todos los trabajadores deben de pagar en sus respectivas nóminas el IRPF de su rendimiento del trabajo; siendo las empresas las encargadas y obligadas de realizar esta operación de recaudación.
Es por ello, por lo que todo trabajador debe ser consciente de su funcionamiento para evitar futuras sorpresas cuando realicen la declaración de la renta. No obstante, para conocer más acerca de esta obligación tributaria debemos primero saber bien la estructura de la nómina de un trabajador. Normalmente, estas operaciones las realiza una asesoría laboral o un administrativo contratado por una empresa.
Estructura de la nómina de un trabajador
Toda nómina de un trabajador está formada por una serie de conceptos salariales y extrasalariales; cuya suma total se denomina Salario Bruto.
Para hallar las retenciones de IRPF, habrá que restar al Salario Bruto aquellas cantidades que sean deducibles; como las cuotas de la Seguridad Social y de Hacienda. De este modo, obtendremos el Salario Líquido Efectivo que es el que el trabajador percibirá mensualmente en la forma de cobro acordada o utilizada por la empresa.
¿Qué quiere decir? Pues en el concepto de bruto viene aparejado tanto el salario del trabajador como retenciones de IRPF y deducciones de Seguridad Social.
De este modo, si contratamos a un trabajador sin fijar los términos brutos; estaremos comunicándole que nuestra empresa estaría asumiendo esos costes superiores al fluctuar las retenciones de IRPF en función de varios factores:
- Circunstancias familiares.
- Tipo y duración de contrato, etc.
Si quieres observar la estructura de una nómina laboral, puedes visualizar este pdf. Puedes descargarlo e imprimirlo por si tienes que rellenar alguna nómina por sistema manual. Aunque si te dedicas a ello, lo más recomendable es adquirir un software que permita hacer nóminas laborales en el menos tiempo posible.
¿Como se calcula el importe a retener?
El importe a retener a cada trabajador se calcula sobre la base de a las disposiciones del Reglamento de IRPF (Real Decreto 439/2007).
En este reglamento se establece una serie de parámetros a los que hay que tener en cuenta para calcular el importe de las retenciones:
- Duración del contrato
- Circunstancias familiares
- Tipo de relación laboral (relaciones especiales, administradores, etc)
- Tipo de rentas (trabajo, pensiones, desempleo)
En función de las mismas se establecerán unos mínimos exentos y se aplicarán las reducciones y deducciones sobre el salario bruto sujeto a retención. Normalmente, los profesionales jurídicos manejan programas de nóminas que facilitan el cálculo de estas operaciones de una forma precisa.
No obstante, la empresa o su asesor jurídico deberá de calcular los porcentajes en función de las circunstancias de cada trabajador y de la normativa vigente: más o menos hijos computables, matrimonio, rentas del cónyuge, etc. Esta información deberá de actualizarla cada mes y; al menos, cada trimestre.
¿Cuánto hay que pagar trimestralmente a Hacienda?
Trimestralmente deberemos de sumar los importes retenidos en concepto de IRPF de cada una de las nóminas de los trabajadores para liquidar esa cantidad.
A estas cantidades habrá que sumar en su caso las retenciones de IRPF realizadas a profesionales, que hayan prestado sus servicios para nuestra empresa en el mismo trimestre: los primeros 20 días de enero, abril, julio y octubre.
¿Es posible aplazar este pago u obligación tributaria?
En principio no se pueden aplazar estas retenciones según el Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005); aunque el art. 49 de este reglamento permite algunas excepciones para aplazar la deuda tributaria:
- 1) El órgano competente podrá dispensar total o parcialmente esta prestación en caso de que el deudor carezca de medios suficientes para garantizar la deuda y la ejecución de su patrimonio.
- 2) O bien pudiera producir graves quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública.
- 3) En la resolución podrán establecerse una serie de condiciones a cambio del aplazamiento de la deuda, que deberán de ser cumplidas por la empresa.
En caso de incumplir dichas condiciones, se le aplicará los recargos e intereses correspondientes. Recomendamos Taxfactory si buscas una asesoría laboral en Barcelona o que contacte con nosotros si se encuentra en Sevilla y; busca una asesoría laboral.
Un caso práctico de Retenciones de IRPF: transformación de contrato eventual a indefinido
Imaginemos que una empresa dedicada al sector de la construcción contrata a un trabajador por 1.000 € netos al mes. El convenio colectivo de la construcción de esa provincia establece que deben ser 14 pagas anuales. Para ello, procede a un contrato eventual con una duración de 4 meses, iniciando su periodo en el mes de Marzo.
El cálculo inicial de este tipo de retención será del 2% para este tipo de contrato según el art. 86.2 del Reglamento del IRPF.
Imaginemos que al finalizar el periodo eventual de 4 meses, contratan a este señor por tiempo indefinido. En esta operación, el asesor jurídico o el administrativo deberá de volver a calcular las retenciones del IRPF de la nómina del trabajador; teniendo en cuenta todas las retribuciones.
1- A) S. BRUTO 1os 4 MESES | – IRPF (2 %) | – S. Social | Salario Líquido a cobrar | B) Coste S. Social Empresa | COSTE TOTAL (A+B) |
1.104,42 | 22,09 | 82,46 | 1.000 | 498,65 | 1.600,07 |
2- A) S. BRUTO RESTO DEL AÑO | – IRPF (12%) | – S. Social | Salario Líquido a cobrar | B) Coste S. Social Empresa | COSTE TOTAL (A+B) |
1.241,38 | 148,97 | 90,84 | 1.000 | 540,03 | 1.781,41 |
Como se puede observar en esta simulación, a partir del 4 mes la empresa debe soportar un IRPF mayor al ser un contrato indefinido, enfrentándose a un coste superior de 180 € mensuales más por este trabajador. Si en esta situación se encuentran 3 trabajadores más, tendría un coste adicional de 540 €.

Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.


buenas tardes
desearia saber varias informaciones para mi situacion laboral actual…
de antemano gracias
y saludos
alexander andrade
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