Mediación civil y mercantil en Sevilla
Expertos en resolución de problemas jurídicos
A diferencia de un Juez o un árbitro, el mediador no impone una solución, sino que ayuda a las partes a buscar un acuerdo válido para ambos a través del diálogo y la comunicación. Nosotros ofrecemos el servicio de Mediación Civil y Mercantil en Sevilla para solucionar las controversias de la forma más amistosa posible.
Mediadores civiles y mercantiles y Familiares
Mediación civil, mercantil y familiar en Sevilla: un método alternativo para resolver conflictos intersubjetivos y colectivos
Ruiz Prieto Asesores recientemente ha incorporado un nuevo servicio a nuestros clientes que es la mediación civil y mercantil. Se trata de un método alternativo para resolver conflictos tanto individuales como colectivos de una forma pacífica y sin discusiones; lo que favorece el no empeoramiento de las relaciones existentes y poder comprender y empatizar a la otra parte.
Por tanto, si quieres resolver un conflicto contractual, familiar, comunitario, intercultural o educativo de una forma pacífica y a través de la comunicación y el diálogo; deberías de apostar por una mediación civil y mercantil lo antes posible; ya que este método no invalida una posterior vía judicial si no se ha alcanzado un acuerdo o se vulnera posteriormente el mismo.
Un método alternativo que funciona en Europa:
Es cierto que en España la forma más común y habitual para solucionar conflictos es a través de gritos e insultos. Es quizás el método más sencillo y rápido, donde se impone la ley del más fuerte, cuya consecuencia es la existencia de ganadores y perdedores.
No obstante, hay otra forma de ver los conflictos sociales. Hay letrados que consideran que la mejor forma de solucionar disputas y controversias es a través del diálogo y comunicación entre las partes sin elevar el tono de forma excesiva; llegando a un acuerdo consensuado y fundamentado en el derecho. Por ese motivo, algunos juristas se especializan en la mediación de asuntos de tema civil y mercantil por considerarla como el método más eficaz, rápido y más perfecto de los existentes para arreglar controversias y disputas; pues con ella se puede conseguir soluciones consensuadas sin recurrir a la violencia y; además, buscando los intereses reales de las partes.
La mediación civil y mercantil en Sevilla como método para descongestionar juzgados de la jurisdicción civil
Hoy en día los Juzgados de Sevilla están colapsados por la creciente demanda de litigios y controversias que surgen en la población civil y en el ámbito privado: disputas contractuales; conflictos familiares y personales; problemas comunitarios y de convivencia con vecinos; reclamación de daños y perjuicios; controversias culturales; herencias…
Por ese motivo, consideramos que la mediación civil y mercantil en Sevilla cada vez es más necesaria para solucionar controversias entre sujetos.
La mediación civil y mercantil como método que huye de la venganza
Esta forma para arreglar disputas y controversias entre los actores de un conflicto huye del sistema tradicional donde hay ganadores y vencedores.
En el sistema tradicional del proceso judicial, en la práctica existe un campo de batalla para luchar por tus derechos y beneficios. Muchas veces no se desea realmente los beneficios que se obtienen por un determinado derecho, sino obtener venganza, una mayor popularidad o atención mediática.
Sin embargo, lo que muchas personas desconocen es que gracias a los mediadores (profesionales expertos y colegiados), es posible alcanzar consensos en prácticamente todas las cuestiones, independientemente de lo difícil que pueda parecer en un principio. El mediador actúa como moderador de la conversación y va moldeando y adaptando la comunicación entre las partes para separar poco a poco a las personas del conflicto y de los interese. Para, más tarde, favorecer que las partes propongan soluciones efectivas y creativas a su problema concreto.
Ruiz Prieto Asesores pone a disposición de quienes lo requieran a profesionales juristas especializados en la mediación civil y mercantil. De esta manera los actores del conflicto o partes implicadas podrán exponer sus historias, sentimientos y argumentos de una forma ordenada y estructurada; siempre respetando el turno de palabra y los derechos de los otros sujetos.
La mediación familiar en Andalucía
Los mediadores civiles y mercantiles deben estar inscritos en un registro nacional para desempeñar su profesión. No obstante, las Comunidades Autónomas pueden tener en su delegación sus propios registros. Es el caso de la mediación familiar por parte de la Junta de Andalucía, por ese motivo estamos tanto en el registro general de mediación civil y mercantil, así como en el registro de mediación familiar.
¿Por qué debería confiar en Ruiz Prieto Asesores?
Los profesionales de Ruiz Prieto Asesores tienen una larga trayectoria laboral en diferentes ámbitos profesionales. La experiencia en distintos ámbitos profesionales hace que nuestros especialistas empaticen mejor con cada circunstancia y sepan adaptar la comunicación, dependiendo del ambiente y de los sujetos que contratan este servicio.
No sólo es importante la teoría, sino también la práctica y la creatividad para buscar soluciones posibles. Además, uno de nuestros miembros ya es abogado, hecho que ayuda a que conozca todos los procedimientos necesarios en cada situación, por lo que el proceso será tranquilo y sin sobresaltos.
Precisamente el mediador Enrique Ruiz Prieto, con número en el registro de mediadores OG0000001e1900313701, no sólo cuenta con conocimientos en derecho y mediación civil y mercantil; sino también en otros ámbitos de Humanidades y culturales, gracias a su información como historiador y; en ámbito empresarial gracias a su formación en marketing, dirección financiera de empresas, contabilidad y asesoría laboral y fiscal. De este modo, se convierte en un mediador capacitado para afrontar conflictos culturales; así como conflictos empresariales y familiares.
Nuestros Servicios como Mediadores Civiles y Mercantiles
Desde Ruiz Prieto Asesores realizamos los siguientes servicios de mediación civil y mercantil:
Mediación Familiar
Resolvemos cualquier tipo de conflicto familiar: divorcios, patria potestad, régimen de visitas, pensión de alimentos, acuerdos de uso tecnológico...
Mediación Mercantil y Consumo
Actuamos en conflictos mercantiles: patentes, marcas, contratos mercantiles, usos distintivos, impago de cuotas líquidas a acreedores, crisis de reputación en negocios...
Mediación Comunitaria
Resolvemos problemas comunitarios y vecinales, asi como problemas de propiedad horizontal: ruidos, mal uso de zonas comunes, cantidades impagadas...
Mediación Civil
Buscamos soluciones pacíficas en cualquier conflicto civil: contratos civiles, propiedad horizontal, derecho de persona, herencias, transmisiones de propiedades...
Mediación Escolar
Mediamos entre conflictos educativos y universitarios, sean entre alumnos, entre profesores y alumnos o entre profesores...
Mediación Intercultural
Buscamos acuerdos para la convivencia pacifica entre diferentes culturas y grupos étnicos. Gracias a la mediación empatizarán cada uno de ellos con el otro colectivo...
Los principios rectores de la mediación
La mediación civil y mercantil: una profesión regulada por Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles regula la profesión de mediador civil y mercantil.
Asimismo, en esta normativa estatal se establecen una serie de principios que la mediación debe cumplir. En caso de vulneración de alguno de estos elementos esenciales, las partes como el mediador pueden disolver el proceso de mediación inmediatamente.
Nosotros como mediadores civiles y mercantiles en Sevilla nos comprometemos a cumplir con dichos principios y; además, a velar que el resto de sujetos que participen en el proceso también lo cumplan en todo momento.
Los principios son los siguientes:
Voluntariedad
Es un principio de la mediación que indica que la mediación se hace de forma voluntaria (por deseo propio), nunca por obligación o deber. El acuerdo alcanzado nunca puede ser impuesto.
Neutralidad e imparcialidad
Se refieren a que el mediador no puede posicionarse a favor de ninguna de las partes y a no emitir juicios de valor sobre ellos; ni a imponer o sugerir soluciones que sean más favorables para una de ellos.
Confidencialidad
El mediador debe mantener el secreto profesional a lo largo de todo el proceso de mediación e incluso una vez concluido. Sólo puede violar este principio si se vulneran derechos fundamentales.
Es colaborativa
Ningún participante en la mediación puede imponer nada a nadie, todos están motivados para resolver los problemas y alcanzar los mejores acuerdos e intereses comunes. Se favorece la escucha activa.
Las partes tienen el control
Los participantes mantienen completamente su capacidad de decisión y la posibilidad de oponerse a cualquier propuesta. Pueden marcharse del proceso cuando lo deseen.
Principio de Buena Fe
Este principio que consiste en que las personas del proceso tengan un estado mental de honradez y de convicción en cuanto a la verdad o exactitud de un asunto, hecho u opinión.
Flexibilidad
La mediación debe adaptarse a la situación de cada persona que integra ese conflicto y también debe ser flexible a lo largo del proceso, teniendo que buscar los métodos más apropiados para cada situación.
Carácter personal
las partes del proceso son los protagonistas, teniendo la obligación de asistir a las sesiones y éstas no pueden sustituirse a través de representantes o intermediarios (No puede delegarse).
Calidad del proceso
La mediación se está convirtiendo en una profesión, con unas reglas y normas que hay que cumplir: la Ley 5/2012 para el ámbito nacional y la Directiva 2008/52/CE para el ámbito de la Unión Europea.
Ventajas de contratar una mediación civil y/o mercantil o familiar
La mediación constituye un método para resolver conflictos que presenta numerosas ventajas competitivas:
✓ Los protagonistas son los actores del conflicto. Pensamos que uno de las principales ventajas de la mediación es que las partes son las protagonistas del proceso y buscan soluciones para llegar a un acuerdo.
✓ Se alcanzan acuerdos beneficios para ambas partes. La mediación busca que las relaciones existentes no se deterioren y se fortalezcan a través de escuchar la historia y sentimientos de cada uno de los sujetos implicados.
✓ Los acuerdos alcanzados entre las partes suelen perdurar más en el tiempo. Gracias a escuchar a cada uno de los sujetos; la mediación consigue acuerdos más longevos respecto al procedimiento judicial.
✓ No se deterioran las relaciones entre los protagonistas del conflicto. Gracias a que en la mediación no hay ganadores ni perdedores, las relaciones no se desgastan y se evitan frustraciones.
✓ Permite a los protagonistas del problema desahogar y narrar su historia, expresando sentimientos y su punto de vista. La verdad absoluta no existe.
✓ Es un método más ágil, rápido y flexible que la vía judicial, así como mucho más económico.
✓ Los acuerdos alcanzados en la mediación son completamente confidenciales; ya que a diferencia del proceso judicial no se publica el acuerdo alcanzado en un BOE.
✓ Por ese motivo permite un mayor nivel de intimidad.
La mediación civil y mercantil en Sevilla es más que un método para resolver conflictos
✓ Al ser más rápido, los sujetos sanarán más rápidamente sus heridas y podrán reconstruir sus vidas sin tener que pensar en un litigio que nunca se celebra.
✓ Permite elevar los acuerdos alcanzados a escritura pública. De este modo se consigue que dicho pacto adquiera fuerza o título ejecutivo, equiparándose a la fuerza de las sentencias judiciales.
OJO: Nunca podrá realizarse una mediación en caso de existir violencia de género o violencia doméstica; pues se considera que la víctima presenta problemas a la hora de realizar una negociación con su agresor y; carece de voluntad para acceder a una mediación.
Mediación Familiar
La mediación familiar se entiende como un proceso extrajudicial para la gestión de conflictos no violentos que pudieran surgir entre los miembros de una familia o grupo convivencial (Ley 1/2009, de 27 de febrero).
El papel del mediador es intervenir profesionalmente para facilitar la comunicación, el diálogo y la negociación entre los miembros que integran la familia; con el objeto de promover un acuerdo que ponga fin a ese conflicto.
En definitiva, la mediación familiar tiene como objeto el conseguir que las partes en conflicto alcancen acuerdos equitativos, justos, estables y duraderos para evitar que surjan nuevos conflictos; así como evitar la apertura de procedimientos judiciales.
Podrán ser objeto de mediación familiar, los siguientes casos:
- 1) Los procedimientos de nulidad matrimonial, separación y divorcio.
- 2) Las cuestiones relativas al derecho de alimentos y cuidado de personas en situación de dependencia.
- 3) Las relaciones de las personas menores de edad con sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, personas tutoras o guardadoras.
- 4) El ejercicio de la patria potestad, tutela o curatela.
- 5) Los conflictos derivados del régimen de visitas tanto para padres como para abuelos.
- 6) Los conflictos surgidos entre la familia adoptante, el hijo o hija adoptado y la familia biológica.
- 7) Los conflictos surgidos entre la familia acogedora, la persona acogida y la familia biológica.
- 8) La disolución de parejas de hecho.
Mediación Civil
En los últimos años los poderes públicos cada vez más recomiendan acceder a los métodos alternativos como la mediación civil para resolver conflictos intersubjetivos.
En el ámbito civil, algunas comunidades autónomas como Andalucía han aprobado una serie de normas sobre mediación.
Tanto la normativa estatal como autonómica apuestan por la mediación por ser un sistema alternativo al judicial para resolver conflictos de una forma rápida y económicamente más ventajosa. Además, ofrecen la perspectiva de una situación en la que todas las partes salgan ganando. Este método puede aplicarse a cualquier ámbito del derecho civil y mercantil: contratos, herencias, controversias familiares, etc.
Prácticamente cualquier problema o controversia en el ámbito civil puede llegarse a un acuerdo a través de este nuevo método para resolver problemas.
¿Elevación Escritura Pública?
El acuerdo que lleguemos en el proceso de mediación puede elevarse bajo escritura pública o notarial. De esta manera, tendrá carácter ejecutivo, actuando de forma análoga a unas sentencia judicial; consiguiendo solucionar su problema de una forma más rápida, efectiva y natural.
Mediación Mercantil
Las pymes, las pequeñas empresas y los autónomos tienen que afrontar muchos problemas en su día a día a la hora de levantar y potenciar sus negocios. Muchas de estas dificultades son legales. Desde Ruiz Prieto Asesores le prestaremos asesoramiento jurídico en el ámbito civil y mercantil no sólo en materia contractual, sino también en otros ámbitos muy diversos; si contratas nuestros servicios de asesoría fiscal:
✓ Derecho Civil: Herencias, derechos reales, disputas contractuales, etc.
✓ Derecho Mercantil: marcas y patentes, signos distintivos, dominios, competencia desleal, Ley de protección de Datos, derechos de autor, derechos de licencia, etc.
Mediación comunitaria e intercultural
La mediación comunitaria e intercultural se centra en arreglar los conflictos desde una perspectiva positiva del conflicto, defendiendo que la discrepancia entre individuos o colectivos por motivos culturales puede ser siempre solucionada a través de la mediación, el diálogo y la escucha activa.
La mediación civil y mercantil también pueda extenderse a ámbitos donde existas controversias entre vecinos, grupos étnicos o religiosos.
Por tanto, la mediación civil puede encargarse de solucionar cualquier controversia entre vecinos por un malo uso de las zonas comunes; impago de sus obligaciones; ruidos molestos…
Asimismo, también puede crear un espacio que sirva para el diálogo y comunicación entre comunidades autóctonas e inmigrantes. De esta manera podemos desterrar muchos mitos y prejuicios que tenemos hacia otras culturas y grupos étnicos.
Mediación Escolar y Académica
Sabemos que desde las escuelas, academias y universidades cada vez más hay disputas internas entre alumnos y profesores. Muchas veces este tipo de controversia no puede demandarse a través de la vía judicial; pues muchas veces estos problemas se deben a conductas que pueden ocasionar simplemente una sanción escolar.
La mediación civil también permite resolver muchas de estas disputas y controversias existentes en la comunidad académica. Estos problemas pueden existir entre estudiantes, entre profesores y entre docentes y estudiantes; o incluso, entre los padres y los profesores.
A través del espacio que proporciona la mediación, se permite a los actores del conflicto dialogar entre ellos para buscar soluciones originales y creativas a esa disputa. Del mismo modo, este espacio de comunicación educa a la ciudadanía que cada vez observará como a través del diálogo y la negociación se resuelve muchos problemas sin necesidad de acudir a la vía judicial.
Todo conflicto del ámbito privado puede resolverse a través del diálogo o la mediación
Por lo tanto, son muchos los beneficios que aporta la mediación civil y mercantil. Es un método alternativo para resolver conflictos de una forma rápida y efectiva y; con la posibilidad de elevar los acuerdos a título ejecutivo para equipararlos con sentencias judiciales.
Llámenos o rellena el formulario de contacto para que le expliquemos en qué consiste este método alternativo sin ningún tipo de compromiso.