El cambio de nombre es un trámite que puede cobrar especial importancia en algunos casos concretos: tras el fallecimiento del titular o tras un divorcio.
Por lo general, esta gestión es rápida, sencilla y no tienen ningún coste, pero, aunque siempre es gratuita, cuando nos encontramos ante alguna de las situaciones anteriores, sí que se debe de presentar una serie de documentación adicional.
A continuación, te indicamos cómo proceder.
Cómo cambiar el titular de la luz. Aspectos generales
Como ya hemos mencionado, el cambio de titular de luz es completamente gratuito y se puede llevar a cabo todas las veces que sea necesario en el suministro.
El primer paso es localizar la empresa con la que deseamos realizar la gestión. Se recomienda hacer una comparativa entre las diferentes opciones disponibles en el mercado para localizar la tarifa más beneficiosa en función de nuestro consumo y hábitos de uso de luz.
Firmado el contrato de suministro, en un plazo no superior a 20 días, se hará efectivo el cambio. Durante ese plazo, el anterior titular recibirá una última factura de cierre a su nombre.
Vías disponibles para cambiar el titular de la luz
Las vías disponibles para hacer el cambio de titular, en la mayoría de comercializadoras, son la presencial, en las oficinas de la empresa, online, a través del área de clientes, o bien, telefónica, que suele ser la más recomendable y rápida:
Mercado libre | Mercado regulado |
Teléfono de Endesa: 800 760 909 | Teléfono de Energía XXI: 800 760 333 |
Teléfono Repsol: 900 118 866 | Teléfono Régsiti: 900 101 005 |
Teléfono de Naturgy: 900 100 251 | Teléfono de Gas & Power: 900 100 502 |
Teléfono Totalenergies: 900 907 000 | Teléfono Baser: 900 902 947 |
Teléfono Iberdrola: 900 225 235 | Teléfono Curenergia: 900 100 309 |
Cambio de titularidad de luz en caso de divorcio
En caso de divorcio o separación, el cambio de nombre recaerá sobre la persona que continuará en la vivienda, el cual, deberá de presentar a la compañía de luz siguiente documentación:
- Datos de la expareja (nombre, apellidos y DNI)
- Datos del cónyuge que será el nuevo titular (nombre, apellidos, DNI y contacto) y número de cuenta bancaria a su nombre, para domiciliar el pago de las facturas
- Código CUPS del suministro y dirección exacta del inmueble
- La sentencia de divorcio en la que se acredita el uso de la vivienda
Cambio de titularidad de luz en caso de fallecimiento
Por otro lado, en caso de defunción del que hasta entonces era el titular del contrato de luz, la responsabilidad suele recaer en un familiar directo o en una persona previamente autorizada para llevar a cabo ese trámite:
- Datos del titular fallecido (nombre, apellidos y DNI)
- Datos del familiar directo o persona autorizada que será el nuevo titular (nombre, apellidos, DNI y contacto) y número de cuenta bancaria a su nombre, para domiciliar el pago de las facturas
- Código CUPS del suministro y dirección exacta del inmueble
- El certificado de defunción del anterior titular
En el caso de fallecimiento de jubilados, estos suelen disponer de bono social, un descuento que proporciona el Gobierno para que puedan hacer frente a sus facturas de luz. Cabe destacar que, al cambiar el nombre, el nuevo titular no podrá beneficiarse de esta bonificación a no ser que sea considerado consumidor vulnerable y cumpla los requisitos para ello.
Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.