Para vivir de forma legal en España, todos los extranjeros deben sumarse a una serie de trámites. Sin importar si es por estudios, trabajo o probar nuevas fronteras, la legislación española establece una serie de procesos que otorgan a cada ciudadano una figura legítima en la sociedad. De esta forma, podrán optar por beneficios, abrir cuentas bancarias, estudiar, trabajar legalmente y más. Entre los primeros documentos que deben tramitarse en el país es la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
También conocida como la Tarjeta de Residencia, permite el desarrollo del ciudadano en el territorio nacional. En la tarjeta están impresos los datos personales como el NIE, fotografía, huella, fecha de nacimiento y más. Con ella, se certifica que la persona vive en España y está habilitado para desarrollarse legalmente. El documento tiene una duración de cinco años y puede renovarse por la misma cantidad de tiempo. Para tramitarlo es necesario abonar la tasa 790-012.
¿Qué es la tasa 790-012?
La tasa 790-012 es un importe que deben pagar los ciudadanos que están en vía de legalizar su estatus migratorio en España. El mismo corresponde a las Brigadas de Extranjería y documentación en la Policía Nacional. El impuesto se paga para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero. Este documento es similar al DNI español, pero para los extranjeros.
Con la obtención de TIE, el ciudadano posee un permiso de residencia temporal en España. Es importante mantener una conducta adecuada para permanecer en el territorio y renovar el trámite. Con la tasa 790-012 se pagan los siguientes procesos:
- Solicitud de la TIE.
- Revocación de la TIE.
- Solicitud de los permisos de trabajo y residencia.
- Renovación de los permisos de trabajo y residencia.
- Solicitud del permiso de estudiante.
- Renovación del permiso de estudiante.
- Pérdida o robo de la TIE.
Esto significa que un extranjero que desee vivir en España debe abonar la tasa 790-012 en diversas oportunidades.
¿Cuál es el importe de la tasa de extranjería?
Como antes mencionamos, la tasa 792-012 se abona para distintos trámites. Sin embargo, el importe para cada uno de ellos dependerá de cuál es el que deseas realizar. Para tener mayor certeza de la cuantía, el ciudadano debe ir a la sede de la Policía Nacional más cercana. En este lugar se le darán los detalles que necesita saber, según su trámite.
Los importes se agrupan de la siguiente forma:
- Trámites iniciales: estos suponen todos aquellos que realiza un extranjero para vivir legal en España. Tal y como trabajo, estudio o arraigo.
- Renovación de los permisos temporales de trabajo, estudio y residencia.
- Residencia de larga duración.
- Residencia de familiar comunitario.
- Certificado de la Unión Europea (UE).
Según sea trámite requerido, el ciudadano debe consultar en la policía y abonar el importe. Pero, antes de pagar el impuesto, debe rellenar y descargar un modelo en la web de la Policía Nacional.
DIPrivado: Solicitudes que inician un expediente de extranjería en España Curso De Derecho Financiero Y Tributario 2: La Imposición Directa (UNED) ¿Qué es una Auditoría Legal y para qué sirve? ¿Qué es la Due Diligence Legal?
Cumplimenta y descarga el formulario
Para pagar la tasa y cumplir con cualquiera de los trámites anteriormente explicados, el extranjero debe –primeramente- rellenar el modelo 790-012 que muestra la policía en su página web. Posterior a ello, descargarlo. Este trámite solo puede hacerse vía Internet. La persona interesada en completar el proceso, debe seguir las siguientes instrucciones:
- Entra a la plataforma web de la Policía Nacional.
- En la parte inferior derecha del portal de inicio verás la opción de “Extranjería”.
- La página mostrará los procedimientos, haz clic sobre Impreso Tasa Modelo 790 Código 012.
- Cumplimenta el formulario. Agrega todos los datos que la plataforma solicita de forma correcta. Selecciona el trámite que deseas.
- Finalmente, presiona sobre Descargar impreso rellenado. El documento se guardará en el ordenador en formato PDF.
- Tan solo queda imprimir el formulario.
Después de cumplir con el trámite en línea, con el documento en mano, el ciudadano debe ir a pagar el importe asignado a su trámite.
¿Dónde pagar el impuesto?
A diferencia de otros impuestos, este no puede pagarse vía telemática. El abono se deposita directamente en el banco, en cooperativas de crédito o cajas de ahorro. Para considerar que, quien hace el trámite es un extranjero, las leyes no obligan al ciudadano a tener una cuenta nacional. En caso de que la persona tenga una cuenta financiera, puede hacer el pago desde ella.
Para hacer el importe, es necesario llevar el formulario de la policía cumplimentado e impreso. Adjunto a la cuantía para hacer el trámite.
¿Dónde entregar los documentos?
Para terminar el trámite, tan solo resta entregar la documentación de forma presencial. Los lugares para completar el proceso son:
- Sede de Extranjería.
- Comisaría de la Policía Nacional.
El día escogido para entregar la documentación, además del recibo de pago y el formulario impreso, el ciudadano debe adjuntar:
- Original y copia vigente del pasaporte.
- Formulario de expedición TIE Ex 17.
- Empadronamiento.
- Si es la primera vez que se realiza el trámite, se debe agregar la resolución de la concesión de la tarjeta.
Algunas sedes de la Policía Nacional permiten solicitar una cita previa para hacer el trámite. El ciudadano debe tener en cuenta esta opción para optimizar el proceso.
Recuerda que si tiene dudas sobre un tema jurídico o necesitas un asesor jurídico, puedes consultarnos a nosotros. Estaremos encantados de ayudarle.
Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.