A causa del COVID 19, muchas empresas han tenido que implementar el teletrabajo como método alternativo para desarrollar su actividad empresarial. Algunas de ellas pensaban que gracias al teletrabajo, ahora podían relajarse en el control de jornada de sus trabajadores sin llevar el adecuado registro horario en teletrabajo.
El problema viene ocasionado porque muchos empresarios han considerado que la obligación de llevar un control de la jornada de sus trabajadores ya no era necesaria gracias a la implementación del teletrabajo; relajándose en el sistema de control de la jornada de sus trabajadores.
Sin embargo, lo que no saben estos empresarios es que las compañías que ellos dirigen siguen estando obligadas por ley a definir los turnos, respetar los descansos y registrar el desempeño diario de todos los empleados. Las horas extraordinarias deben quedar reflejadas en el cuadrante, tal como lo explicábamos anteriormente.
De hecho, los tribunales ya han dejado claro que aunque se haya implementado el teletrabajo, todavía es obligatorio llevar un control del registro horario de sus trabajadores. Efectivamente, también existen opiniones de abogados como la de Salvador Beltrán que afirman que la empresa es la única encargada de organizar y registrar los turnos de trabajo y; nunca puede trasladar esa función al propio empleado, alegando que si ha sobrepasado la jornada es porque él lo ha querido.
Por ende, los trabajadores que estén disfrutando del teletrabajo tienen los mismos derechos que los trabajadores presenciales; y por tanto tienen derecho a horarios determinados, a la intimidad, a no realizar horas extraordinarias o; Incluso trabajar los fines de semana cuando no está pactado en su contrato.
¿Cómo llevar un Registro horario adecuado en teletrabajo?
Existen muchas empresas que ofrecen servicios y aplicaciones para que otras entidades puedan llevar un control horario de sus trabajadores de una forma eficiente y; muy cómoda al tener sólo que instalar una App que le permite controlar las horas de trabajo realizadas por cada empleado de su empresa.
Lo bueno de este tipo de aplicaciones para llevar el registro de jornada de cada uno de los empleados es que se adapta a todas las circunstancias contractuales existentes; ya sea a tiempo parcial, completo, en un centro de trabajo o fuera del mismo.
El único inconveniente es que el trabajador deberá asimismo instalar una app para su Smartphone a no ser que la propia empresa proporcione dispositivos móviles para cada uno de sus empleados.
Todo lo demás, son ventajas, ya que la mayor parte de aplicaciones como “control laboral” cumplen con la normativa de la Ley de Protección de Datos y; permite gestionar y dar el alta a todos sus trabajadores en cuestión de unos pocos minutos, sin necesidad de tener que utilizar plantillas de Excel u otros sistemas que le harán perder el tiempo.
Obviamente esta ventaja competitiva de administración empresarial será más aconsejable para empresas que dispongan de un cierto número de trabajadores. Si solamente cuenta con 4 o 5, puede gestionarse con una hoja de Excel. En cambio, si tenemos que gestionar 10 o más trabajadores, este control es más llevadero con las herramientas adecuadas.
¿Qué otras ventajas proporciona este tipo de herramientas?
Como hemos comentado al inicio de este post, el control de horarios de tus trabajadores es una obligación por parte de la empresa.
Gracias a este tipo de herramientas, obtendremos de una forma automática los informes legales requeridos en caso de someternos a una inspección de trabajo. Los empleados firman de una manera segura a través de la nube y de esta forma tendremos no sólo un registro de horarios sino también la firma del trabajador tanto en la salida como en la entrada de su puesto de trabajo.
En caso que a causa del COVID 19 tu empresa haya implementado el teletrabajo o haya sido por otros motivos, gracias a estas herramientas de control puede gestionar de una forma eficiente el control sin tener que acudir el trabajador a su puesto de trabajo. De esta forma, podrá firmar en su casa (si es teletrabajo), o en otro lugar si ha concluido su jornada en otro domicilio porque son trabajadores de mantenimiento.
¿Cómo podemos proteger a sus empleados a causa del COVID 129?
Control laboral cumple con todas las exigencias legales a la hora de establecer el control, de horarios. Por ejemplo, ellos conocen perfectamente que el fichaje por huella ha sido prohibido por el ministerio con el fin de mantener la seguridad de las personas trabajadoras de la empresa. Esta medida, queda recogida en el BOE por una orden del Ministerio de Sanidad (Orden SND/388/2020) y; a partir de este momento es imprescindible que su empresa no vulnere este aspecto a la hora de registrar la jornada de los trabajadores.
Esta medida es temporal para prevenir la propagación del COVID-19; no obstante, Control Laboral conoce perfectamente que es bueno cumplir con la normativa vigente y por ese motivo ofrece soluciones que ayuden a prevenir el contagio entre personas. Mediante el sistema RFID o QR, el trabajador podrá firmar sin necesidad de tocar la máquina.
Por tanto, es un sistema versátil que se adapta a las necesidades de todas las empresas. Equipos comerciales sin ubicación física para fichar, en movilidad constante; trabajadores en varios centros de trabajo; equipos de trabajos eventuales, etc.
Conclusiones sobre el Registro horario en teletrabajo
Como hemos visto a lo largo de este post, la obligación empresarial de llevar un control o registro horario no desaparece si la empresa ha implementado el teletrabajo.
Las obligaciones son las mismas que las que determinada el Real Decreto-ley 8/2019; con la última salvedad que este control debe contener ahora mismo medidas para prevenir que los trabajadores propaguen el virus mediante sus huellas dactilares.
Gracias a sistemas de gestión, podemos obtener rápidamente un sistema que cumple con las exigencias legales y recomendaciones del Ministerio de Sanidad y; además es un sistema cómodo y rápido que permite firmar en cualquier lugar donde se encuentre el trabajador; ya sea en su casa (teletrabajo), en otro domicilio por tareas de mantenimiento o en la calle si son comerciales.
Por ese motivo, Ruiz Prieto Asesores como asesoría laboral recomendamos implementar este tipo de aplicaciones para todas las empresas; sobre todo en aquellas que cuenten con un determinado número de trabajadores. Esperemos que el Poder Legislativo introduzca más novedades a este modo de trabajo que apenas son regulados por unos escasos artículos.
Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.