¿Cuándo y por qué tenemos que presentar el modelo 720 de Hacienda?

En esta entrada del blog de Ruiz Prieto Asesores, vamos a tratar sobre la importancia del modelo 720 de Hacienda y; cuándo y por qué tenemos que presentar el modelo 720 de Hacienda.

A pesar de ser una mera declaración, el modelo 720 despierta muchas dudas en muchos de los contribuyentes e inversores. No obstante, aunque exista cierta complejidad de saber cuándo hay que realizarlo, básicamente se trata de una “Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero”. Sin embargo, si no realizamos a tiempo dicha declaración o lo presentamos con errores, la Agencia Tributaria puede sancionarnos por ello. De ahí que sea importante que acuda a un profesional en caso de dudas. De este modo, evitaras sanciones al cumplimentar el Modelo 720 si contratas a un profesional.

¿Cuándo y por qué tenemos que presentar el modelo 720 de Hacienda?
¿Cuándo y por qué tenemos que presentar el modelo 720 de Hacienda?

¿Para qué sirve el modelo 720?

Este modelo básicamente sirve para que el Gobierno de España y; concretamente, la Agencia Tributaria pueda controlar mejor todas las operaciones que se hacen en el extranjero por parte de las empresas

Por tanto, el Modelo 720 o declaración de bienes en el extranjero, es una mera declaración informativa que contiene los activos, bienes o derechos que un contribuyente tiene el extranjero.

A diferencia de otras declaraciones, el Modelo 720 no conlleva el ingreso de ninguna cuota tributaria; pues estas se pagan en los correspondientes impuestos directos e indirectos. Sólo pagaremos en caso de existir sanciones administrativas por no presentar dicha declaración.

¿Qué sanciones puedo tener al no presentar el Modelo 720?

Para entender la problemática de las sanciones en relación al Modelo 720, es imprescindible conocer la particular historia del propio modelo, que puedes encontrar en este enlace: Modelo 720 sanciones.

Las sanciones que puede tener referente al modelo 720 con la AEAT son las siguientes:

  • 1) Constituyen infracciones tributarias muy graves:
    • Aquellas declaraciones que no hayan sido presentadas; o hayan sido presentadas de forma incompletas, inexacta o con datos falsos.
    • Las que han sido presentadas por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos que exige este procedimiento administrativo.
  • 2) Constituyen infracciones tributarias graves:
    • En caso de incumplir la obligación de informar sobre cuentas en entidades de crédito situadas en el extranjero. Esta sanción administrativa conlleva una multa de 5.000 € por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 10.000 €.
    • Cuando se trata de una presentación extemporánea (fuera de plazo), la sanción será de 100 € por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 1.500 €.
    • En el caso de incumplimiento de la obligación de informar sobre títulos, activos, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero o bienes inmuebles situados en el extranjero, la sanción consistirá en una multa de 5.000 € por cada dato o conjunto de datos referidos a cada elemento, con un mínimo de 10.000 €.

¿La Comisión Europa no rechazó este tipo de declaraciones?

El Modelo 720 empezó a declararse en al año 2012, y surgió con el claro propósito de aflorar bienes en el extranjero, que tradicionalmente escapaban al control de la Agencia Tributaria Española.

No obstante, en 2017 la Comisión Europea considera que este régimen y declaración informativa constituye una restricción a las libertades del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; recomendando a España que no aplique dicha declaración ya que amenaza la libertad de circulación de trabajadores, la de establecimiento, de prestación de servicios y de movimientos de capitales. Actualmente todavía se pueden emitir sanciones ya que España aún no ha reformado el tema referente al modelo 720.

Según Bruselas, esta declaración informativa específica podría influir negativamente en la decisión de invertir fuera de España.

¿Hay que presentar el modelo 720 en 2020?

De momento, como asesor fiscal y financiero te recomiendo que así lo hagas, para evitar las posibles sanciones que la AEAT pueda reclamar ante la falta de presentación de esta declaración informativa.

Es cierto que la resolución de la Comisión Europea abre la puerta al final del modelo 720 o; por lo menos, recomienda al gobierno de España hacer una revisión del mismo. No obstante, debido a la realidad política española que desde 2015 tenemos una incertidumbre e inestabilidad gubernamental; los distintos gobiernos que han sucedido no se han preocupado de modificar este aspecto que nos solicita la Unión Europea modificar.

De hecho, si España no rectifica y llega el tema al Tribunal de Justicia de la UE, es muy posible que el Estado deba devolver el dinero de las sanciones que haya impuesto a los contribuyentes. Aunque esto es un futurible que como asesor fiscal recomiendo no provocar; pues nunca sabemos cómo van a actuar los tribunales.

Lo que si es cierto que pese a esta advertencia de la Comisión Europea, España pese a haber tenido 2 años para hacerlo, aún no ha reformado el modelo 720 y; por ende, es de obligado cumplimiento para los contribuyentes que residen en nuestro país. Quienes opten por no presentar esta declaración a Hacienda cuando está obligado a hacerla, se expone a que la administración sancione por incumplir la normativa vigente.

Por supuesto, después podrán reclamar si los tribunales europeos resuelven el caso favorablemente para las directrices marcadas por la Comisión Europea.

¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 720 en 2020?

El plazo para presentar el modelo 720 de Hacienda va desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2020. Si no lo has hecho aún, deberás hacerlo antes que la Agencia Tributaria se cerciore de ello y así evitaras sanciones.

¿Quiénes deben presentar el modelo 720 en 2020?

Todas aquellas personas físicas o jurídicas, residentes en territorio español, que tengan más de 50.000 € en el extranjero. Esta cifra recoge tanto el capital, como distintos bienes, incluyendo cuentas y depósitos, acciones y bienes muebles e inmuebles…

Si este modelo lo cumplimentaste en 2019, no tendrás que volverlo a hacer hasta que no alcances una variación de otros 20.000 €; es decir, pongamos el ejemplo que en 2019 declaraste un patrimonio de 55.000 € y en 2020, tienes otros 3.000. Como no alcanza 20.000 € de variación respecto a la declaración anterior, no tienes que volver a hacerla en 720.

En cambio, si transcurren dos años u en el cómputo de esos años has alcanzado una variación de 21.000 € tendrás que declararlo, aunque sean dos ejercicios diferentes.

En resumen,  estos son los casos en los que debes presentar el modelo 720:

  • Personas que tengan cuentas en brókers con domicilio en el extranjero y sin sede en España;
  • Que tengan depósitos en cualquier país extranjero;
  • O cualquier tipo de cuenta en entidades financieras extranjeras;
  • También si tienen fondos de inversión depositados en entidades extranjeras;
  • Se incluye a aquellos que posean una vivienda en otro país;
  • Y todos aquellos capitales propios o valores aportados para su gestión o administración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y «trusts» o masas patrimoniales;
  • Cuando resulten titulares o titulares reales de acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva situadas en el extranjero;
  • Y cuando resulten tomadores a 31 de diciembre de cada año de seguros de vida o invalidez cuando la entidad aseguradora se encuentre situada en el extranjero.

¿Qué pasa si no presentas el modelo o no lo haces a tiempo?

Todas las obligaciones tributarias, tanto las declaraciones como los impuestos, deben presentarse a tiempo. En caso contrario, la Agencia Tributaria puede sancionar la omisión de estas obligaciones de los contribuyentes.

Aunque las sanciones han sido duramente criticadas por la Comisión Europea, es cierto que aún siguen existiendo:

  • Una sanción de 100 euros por dato no declarado con un mínimo de 1.500 euros por declarar fuera de plazo.
  • Una sanción de 5.000 euros por dato con un mínimo de 10.000 euros por no declarar o declarar de forma incorrecta.

A estas sanciones se suman un recargo del 20% sobre la cuota de IRPF por los bienes no declarados, que Hacienda imputa en la renta como una ganancia patrimonial no declarada.

Es cierto que en muchas ocasiones, al recurrir la sanción muchos de los perjudicados han logrado que el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) reconozca la anulación de dicha sanción. No obstante, es algo que tenéis que recurrir y dependerá de las circunscritas personales de cada caso que logre que se elimine total o parcialmente la sanción.

Implicaciones del Modelo 720 en otros impuestos

Como hemos mencionado con anterioridad, el Modelo 720 puede tener implicación más allá de sus propios contenidos; pues como mera declaración hace que la Agencia Tributaria sepa que tienes bienes y derechos en el extranjero que deberás reflejar en algunos impuestos:

  • IRPF: es un impuesto directo que grava la capacidad económica de las personas físicas que residen en nuestro país. Esta capacidad económica no sólo se mide por las riquezas e ingresos que haya obtenido en España; sino también por los bienes, derechos y capital que tenga en el extranjero. Por ejemplo, las cuentas corrientes, de valores o alquileres generan rendimientos, dichos rendimientos deben figurar en la Renta.
  • Impuesto de Sociedades: Del mismo modo que el IRPF, los rendimientos de una sociedad deben figurar en su contabilidad.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: este impuesto grava los bienes que ostenta un contribuyente tanto en territorio español como en el resto del mundo. Lógicamente, el modelo 720 notifica a la AEAT que el contribuyente tiene derechos, capital y bienes en el extranjero y; estos bienes declarados en el 720, deben ser declarados íntegramente en el Impuesto sobre el Patrimonio, siempre que se cumplan los requisitos de obligatoriedad en Patrimonio.
  • Modelo D6: este modelo se presenta cuando en la declaración del Modelo 720 se declaran valores en el extranjero por valor igual o superior a 50.000 €. En este caso, se rellena ambos formularios.
  • Formulario ETE: cuando las cuantías declaradas en el modelo 720 superan los 1.000.000 €, además se debe presentar este formulario. En caso de no superar dicha cuantía, el contribuyente queda exento de la obligación de presentar dicho modelo, salvo que el Banco de España lo solicite.

Conclusiones

A lo largo de este texto, el lector habrá podido percibir que el Modelo 720 es fundamental para aquellas personas que tienen derechos y bienes en el extranjero. Todos esas personas deben controlar dicho impuesto o acudir a un experto en la materia para que le asesore cuando declararlo o no.

Además, como hemos visto a lo largo de este escrito, se trata de una de las declaraciones con mayor riesgo a nivel de sanciones, que incluso pueden llegar a superar incluso la propia valoración de los activos contenidos en la declaración.

Por este y otros motivos es esencial ponerse en manos de un buen asesor fiscal en lo relativo al Modelo 720; pues este profesional le aportará seguridad y le asesorará a la hora de confeccionar y presentar su declaración bienes en el extranjero, que tendrá repercusiones fiscales en otros impuestos.

Enrique Ruiz Prieto

¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.

Sumario
¿Cuándo y por qué tenemos que presentar el modelo 720 de Hacienda?
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¿Cuándo y por qué tenemos que presentar el modelo 720 de Hacienda?
Descripción
El modelo 720 es una declaración informativa que contiene los activos, bienes o derechos que un contribuyente tiene el extranjero.
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Ruiz Prieto Asesores
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2 comentarios en «¿Cuándo y por qué tenemos que presentar el modelo 720 de Hacienda?»

  1. Por culpa del modelo 720, NUNCA VOLVERE A ESPAÑA, y ya estoy jubilado. Es un autentico robo a los emigrantes que hemos estado toda una vida trabajando y ahorrando para la vejez,
    Nos fuimos porque nuestro pais no nos daba un puesto de trabajo, y no podemos volver porque nuestro pais nos roba nuestros ahorros fruto de nuestro trabajo. La Hacienda Española, junto con la Argentina, son las mas delincuentes y criminales del mundo civilizado.

    Responder
    • Buenas tardes,
      Comprendo su frustración, pero nosotros somos del sector privado y no podemos cambiar las leyes nacionales.
      El modelo 720 es meramente declarativo. Supongo que habrás sufrido alguna sanción por culpa de esta declaración.
      Un cordial saludo

      Responder

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