El Procedimiento división judicial de la herencia

Si has llegado a este página, seguramente un ser familiar cercano a ti haya fallecido o está a punto de hacerlo. Os deseo mucho ánimo. Anteriormente, hemos explicado en nuestro blog el “proceso para tramitar y aceptar una herencia” y; a continuación, vamos a tratar el tema de cómo es el procedimiento de división de herencia.

Tenemos que tener en cuenta que cualquier coheredero o legatario puede reclamar judicialmente la división de herencia.

Por tanto, si los herederos no están de acuerdo en la forma de dividir la herencia, el procedimiento de división de herencia regula todas las operaciones destinadas a valorar los bienes del caudal hereditario, practicar las operaciones divisorias, adjudicar los bienes y entregarlos a cada heredero.

Como en casi todos los procesos judiciales civiles necesitamos la figura de dos profesionales para instar judicialmente el reparto de la herencia. Por un lado, necesitamos a un abogado, que será quien asuma la dirección técnica de la defensa de la parte que desea iniciar el reparto. Es por ello, por lo que aconsejamos contactar con un abogado experto en la materia, antes de aceptar una herencia, ya que en caso que observe anomalías en el reparto, le asesorará sobre este proceso y cuáles son sus cauces.

Por ejemplo, Raquel Franco es una experta en la materia, recomendable para todos aquellos sujetos que busque un Abogado herencias Jerez, que no sólo sepa llevar con éxito los trámites burocráticos de la aceptación de una herencia; sino también lleve con éxito procesos de división de herencia.

Y, por otro lado, necesitamos a un procurador, que es el profesional que asume la representación del interesado ante los tribunales.

El Procedimiento división judicial de la herencia
El Procedimiento división judicial de la herencia

¿Qué es el procedimiento de división de herencia?

Se trata de un proceso judicial destinado a valorar el caudal hereditario y los bines que lo conforman para adjudicar los bienes y entregarlos a cada heredero.

También puede recibir el nombre de “juicio de testamentaría“.

1º Paso: la  Intervención del caudal hereditario y formación de inventario

El primer paso es la intervención del caudal hereditario y formación del inventario (art. 792 LEC). Para ello, el Letrado de la Administración de Justicia (“Secretario Judicial”) convocará a las personas y al Ministerio Fiscal (si hay presencia de menores) para determinar el caudal relicto de la herencia.

Es importante saber que para que el Letrado de la Administración de Justicia proceda a la convocatoria para formación de inventario hay que pedirlo expresamente en la demanda. En caso de no solicitarlo en la demanda, será el contador-partidor designado judicialmente quien se encargue de esta tarea.

Hay que tener en cuenta que el caudal relicto de la herencia comprende tanto el activo como el pasivo de la herencia. Es decir, todo el patrimonio del difunto o “todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte” (art. 659 CC).

Asimismo, hay que tener en cuenta que a la hora de asignar el posterior reparto, existen propiedades germánicas (no se pueden dividir) y romanas (pueden dividirse). En caso que se trate de una propiedad germánica (p. ej. un piso), cada heredero (generalmente hermanos) será dueño de ese bien, gozando de una cuota en abstracto (alícuota), ya que el bien en sí es una propiedad germánica que no se puede dividir. Solamente se puede transferir a cambio de bienes divisibles, como el dinero, para repartir los lotes en función del porcentaje o participación que tenga cada heredero.

Lo cierto es que en esta fase lo importante es inventariara todo el activo y el pasivo de la herencia, que comprende todos los bienes, con sus incrementos, accesiones, rentas y frutos, los derechos y las obligaciones, tanto producidos antes de la apertura de la herencia como después.

Una vez que sepamos las deudas y gastos de la herencia, se procederá al reparto de la misma o partición, que consiste en transformar las cuotas hereditarias en bienes concretos, distinguiéndose en este proceso dos momentos distintos:

  • 1) Preparticional que consistiría en el inventario, avalúo o tasación y liquidación.
  • 2) Particional: que corresponde a la fase de determinar los bienes afectados a cada individuo o las alícuotas que les corresponde a cada uno.

2º Paso: El avalúo, la liquidación y posterior partición con adjudicación

La intervención judicial tendrá lugar cuando exista controversia sobre la inclusión o exclusión de bienes en el inventario tras la comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia.

En este supuesto, se dará apertura al juicio verbal (art. 794.4 LEC), donde no se podrán introducir en él cuestiones nuevas o discrepancias no evidenciadas hasta ese momento.

Tras la formación del inventario se celebra una Junta bajo la presidencia del Letrado de la Administración de Justicia para designar a un contador y a peritos (arts. 784 y 785 LEC). El contador se encargará de presenta las operaciones divisorias conforme a las disposiciones de la LEC (art. 787)l, mientras que el Letrado dará traslado a las partes para que en el plazo de 10 días formulen, en su caso, oposición a las mismas.

Dicha oposición debe formularse por escrito, expresando los puntos de las operaciones divisorias a que se refiere y las razones en que se fundamenta dichas discrepancias.

Más tarde, dichas alegaciones deberán ser defendidas y probadas ante el Juez; teniendo en cuenta que estamos ante un juicio verbal en cuanto a la metodología y la práctica de prueba se refiere, es decir, sin posibilidad de ampliación aunque si con posibilidad de reducción de los motivos de oposición.

Una vez escuchadas ambas partes, el Juez dictará sentencia, que no tendrá efecto de cosa juzgada (art 787.5 LEC), ya que las partes podrán hacer valer sus derechos sobre los bienes adjudicados en el juicio ordinario que corresponda.

Enrique Ruiz Prieto

¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.

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El Procedimiento división judicial de la herencia
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El Procedimiento división judicial de la herencia
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El procedimiento de división de herencia regula todas las operaciones destinadas a valorar los bienes del caudal hereditario, asi como su adjuciación
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