Reclamaciones de daños por el “cártel de los coches”

El “cártel de coches” controlaba algo más del 90% del mercado distribución y comercialización y prácticamente se vieron involucradas las mayorías de las marcas: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo. Mazda también fue investigada, pero quedó absuelta-, además de dos consultoras.

Reclamaciones de daños por el “cártel de los coches”
Reclamaciones de daños por el “cártel de los coches”.

¿Qué es “cartel de coches” y que marcas están afectadas?

Es importante tener en cuenta que no todos los vehículos ni todos los concesionarios fueron responsables de estos acuerdos ilegítimos, pero sí una gran mayoría, además de que las fechas de 2006 a 2013 son una referencia, puesto que no todas las marcas participaron todo el tiempo en el cártel y no se les puede reclamar por los años que estuvieron ausentes. También hay quien considera que las demandas se pueden extrapolar a todo el mercado automovilístico, ya que el pacto pudo forzar a marcas y concesionarios que no participaron a subir precios y perjudicar al consumidor.

Por Sentencia del Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (En adelante CNMC), se consideró probada una transgresión única y prolongada por parte del Cartel de los fabricantes de vehículos que está prohibido tal como está preceptuado en la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y por el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Dicha transgresión consiste en un “intercambio de información comercialmente sensible y confidencial, que cubría prácticamente la totalidad de las acciones realizadas por las empresas sancionadas mediante su posventa y red de distribución”.

Hasta diez millones de vehículos entre el año 2006 y 2013 (de casi todas las marcas presentes en el mercado español), podrán reclamar en los juzgados entre 2.000 y 10.000 euros a los concesionarios y a los fabricantes de sus vehículos por los sobrecostes generado a raíz de su pacto de anti-competencia detectado en 2015.

El Tribunal Supremo (TS), ha ido ratificando desde mediados del 2021 una por una las multas millonarias impuestas por la CNMC, hace 6 años a las principales marcas del automóvil para el intercambio de información “secreta, estratégica y futura”.

¿Cómo puedo reclamar el “cartel de coches?

Se puede reclamar por medio de Asociaciones de Consumidores, como por ejemplo Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Automovilistas Europeos Asociados (AEA) o Dvuelta, también se puede poner en contacto con un Abogado especializado en Derecho de Consumo. Otra opción es reclamar por cuenta propia, recordemos que las acciones de reclamación de daños por infracción del Derecho de Competencia que no superen los 2000 euros no es preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador, pudiendo el reclamante demandar directamente en Juicio Verbal, aunque esta última opción es menos aconsejable, por la complejidad de la reclamación, por eso aconsejamos ponerse en manos de un profesional cualificado.

Documentos a presentar

  • Permiso de circulación del vehículo y ficha técnica.
  • Factura de compra y acreditación del pago, como por ejemplo resguardo de la transferencia bancaria.
  • Apreciación de la cuantía económica que se reclama como compensación dependiendo del perjuicio económico ocasionado.

Si ya no se tiene el vehículo, porque haya sido traspasado, se puede reclamar siempre que se acredite la factura de compra, y perjuicio ocasionado.

Una cosa importante a tener en cuenta es el plazo de prescripción es de un año previsto en el artículo 1968 del Código Civil y, además, ya ha comenzado a contar a raíz de las últimas sentencias del Tribunal Supremo. Sin embargo, hay expertos que piensan incluso que ese breve plazo puede ser interrumpido, por lo que la urgencia es determinante. Mientras, y otros consideran que puede ser incluso de cinco años, y hay dudas de cuándo empezaría a contar, si desde la resolución de la CNMC de 2015 o desde las confirmaciones del Tribunal Supremo de este año.

Conclusión

Si eres uno de los afectados por el “cartel de coches” tienes muchas posibilidades de éxito y de recibir una indemnización, ya que hay que tener en cuenta que hay varias sentencias que han dado la razón a los consumidores, que ya han recibido el 10% aproximadamente del precio de compra del vehículo.

Si necesitas asesoramiento para reclamar por el “cartel de coches” estaré encantado de ayudarte, deja un comentario, o ponte en contacto conmigo.

Rafael Pérez Malagón

Abogado multidisciplinar, colegiado del Colegio de Abogados de Lucena, Mediador civil, mercantil y familiar y Técnico Superior de Administración y Finanzas presto servicios legales principalmente en Andalucía, aunque colaboro a nivel nacional. Apuesto firmemente por la calidad, velando en todo momento por la eficiencia de mis procedimientos, la constante y permanente comunicación con mis clientes para informarles del desarrollo de sus asuntos. Abogado. Mediador civil, mercantil y familiar. Técnico Superior en Administración y Finanzas. Tfno. 622014405. Web: https://rafaelperezmalagon.com email: contacto@rafaelperezmalagon.com

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Reclamaciones de daños por el “cártel de los coches”
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Reclamaciones de daños por el “cártel de los coches”
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El cártel de coches controlaba algo más del 90% del mercado distribución y comercialización. Gracias a una sentencia, ahora podemos reclamar ese abuso a las compañias
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Ruiz Prieto Asesores
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2 comentarios en «Reclamaciones de daños por el “cártel de los coches”»

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