En la actualidad, existen muchos minicréditos y préstamos rápidos que han sido concedidos por entidades financieras a particulares y pequeños autónomos, que a priori parecen una opción fácil y conciliadora para quien está en un apuro económico.
Por desgracia, muchos de estos mini créditos esconden condiciones muy abusivas, generalmente destinadas a tener permanencia en determinados servicios o intereses abusivos.
En este artículo, veremos como todos ellos, sean de tarjetas revolving o de otra índole pueden ser reclamados; gracias a sentencia que determinan que todo interés que supere 20% es un interés abusivo (STS del 25 Noviembre de 2015, ROJ: STS 4810/2015 – ECLI: ES: TS: 2015: 4810).
Por ello, si tenemos contratado un préstamo abusivo o una tarjeta revolving por la que paguemos intereses muy desproporcionados, estamos a tiempo de anular el contrato y reclamar judicialmente la cantidad que nos corresponda.
Intereses Abusivos ¿Qué son y cómo detectarlos?
Si has contraído un minicréditos donde existan posibles intereses desproporcionados, lo más aconsejable es que te pongas en contacto con un experto en la materia para que te ayude a reclamarlos. Es el caso de Adiós Ficheros, profesionales dedicados a la reclamación de intereses abusivos de minicréditos.
No obstante, si deseas reclamarlo por los propios medios, debes aprender los siguientes conceptos:
- 1) Las cláusulas abusivas: son disposiciones que contiene un contrato privado que contienen normas que perjudican desproporcionalmente al consumidor o usuario (artículo 85.6 de la Ley General de Consumidores y Usuarios). En Derecho Civil, estas cláusulas pueden anularse mediante un proceso judicial.
- 2) Intereses remuneratorios: son aquellos intereses que deben satisfacerse por la concesión del préstamo o crédito concedido. Cuando son excesivos la ley lo considera interés «usurario» y éste se puede anular mediante un proceso judicial. Este tipo de interés será valorado para determinar si el interés moratorio es abusivo.
- 3) Intereses de demora o moratorios: este tipo de interés se refiere a la indemnización que pagamos en el caso de retrasos en el pago de las cuotas de devolución. Igualmente, dichos interés de demora también pueden ser abusivos y anularse mediante el proceso adecuado.
Por tanto, un tipo de interés abusivo puede referirse tanto al interés remuneratorio del préstamo o crédito como al de demora o moratorio.
La Ley de Usura prohíbe establecer porcentajes que abusen a la hora de determinar esos tipos de intereses. Para comprobar el valor normal del dinero es aconsejable acudir a los datos publicados en las estadísticas oficiales del Banco de España. En la actualidad, se estima que toda tasa de interés superior al 20% puede ser sospechosa de infringir la norma y; ser de determinada como abusiva.
¿Se puede reclamar? ¿Cómo?
Gracias a esta sentencia del Tribunal Supremo, todos los consumidores afectados por microcréditos con interés abusivos tendrán derecho a reclamar las cantidades abonadas de más hasta la fecha.
Lógicamente, para reclamar el exceso de esos intereses, es conveniente acudir a un letrado, ya que él va a saber cómo actuar en todo momento y ofrecerá una asistencia personalizada a su caso. Por ejemplo, en Adiós Ficheros pueden ayudarte a recuperar los intereses abusivos de tu minicrédito.
¿Cuáles serían los pasos que yo seguiría?
Para reclamar INTERESES ABUSIVOS procedentes de tarjetas revolving, microcréditos o cualquier otro préstamo o crédito, personalmente, seguiría estos pasos:
- 1) Si no entiendo de los conceptos, acudiría a un abogado o letrado para que me explique y me ayude con el procedimiento.
- 2) Reunir pruebas y diferenciar los distintos tipos de interés que cobra la entidad financiera.
- 3) Una vez que separemos los distintos tipos de intereses, el primer paso consistiría en dirigir una RECLAMACIÓN ante el Servicio de Atención al cliente de la entidad que nos ha concedido dicho crédito o préstamo. Y a partir de esa reclamación, proceder a una NEGOCIACIÓN con del departamento jurídico.
- 4) En caso de no contestar, es conveniente acudir ante el Banco de España para notificar el abuso de dicha entidad.
- 5) Si la negociación no llega a buen puerto, tendremos diversas vías:
- PRIMERO. La forma más habitual es presentar una DEMANDA en la Jurisdicción Civil en la que se invoque la Ley de Represión de la Usura de 1908 para, invocar la nulidad del contrato firmado entre las partes. Al menos, la nulidad de la cláusula abusiva. También será necesario aludir a las tácticas comercializadoras que engañan al consumidor final.
- SEGUNDO. Solicitar un proceso ARBITRAL a través de consumo. En este caso, en vez que el Juez, juzgaba un árbitro.
- TERCERO. Solicitar una MEDIACIÓN. Este trámite no suele ser efectivo para este tipo de reclamaciones, dado que el mediador tratará que las partes lleguen a un acuerdo sin coartar, pero es que ese conflicto se ha generado por un abuso previo por parte de la entidad financiera o bancaria.
La entidad financiera me propone un acuerdo, ¿debo aceptarlo?
Las entidades bancarias pueden ofrecer un acuerdo en la vía de la negociación. No obstante, antes de aceptar un acuerdo debes consultarlo con un abogado. De ahí que recomendemos que la negociación sea llevaba por uno.
Los usuarios también pueden negociar, pero el problema que si fueron engañados una vez, pueden volver a ser engañados con tácticas abusivas.
¿Qué consecuencias tiene sufrir intereses desproporcionados?
Ser víctimas de intereses abusivos, en principio, nos obliga a asumir el pago de una cantidad desmesurada a no ser que realicemos una reclamación contra los intereses firmados en dichos préstamos.
En muchas ocasiones, esos intereses superan la cantidad concedida en el préstamo y; realizan una serie de acciones para que el préstamo se alargue para que nunca sea saldado, haciendo interminable el pago de las cuotas.
Este tipo de interés, en realidad, hace que merme nuestra capacidad financiera a corto plazo y para cancelarla la única forma seria que nos inyectasen el capital endeudado para pagarlo a la entidad. Encima muchas entidades no permiten la cancelación de la deuda total en un único pago, ya que su negocio es alargar préstamos y créditos para obtener beneficios.
En realidad, si estamos pagando intereses de más, estaremos asumiendo un coste demasiado elevado por la cantidad concedida. Y, encima, si no pagamos a estos acreedores o a otros por tener que satisfacer este tipo de deuda, corremos el riesgo de que nos incluyan en ficheros de morosidad.
Si nos encontramos en una situación más complicada, quizás la otra alternativa sea acogernos a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Sea cual sea nuestra situación, si detectamos que estamos soportando intereses abusivos, es recomendable acudir a empresas o letrados que nos asesoren para arreglar esta situación. Recomendamos acudir a profesionales, como Adiós Ficheros, para que ellos nos ayuden a reclamar los interés abusivos de estos minicréditos.
Enrique Ruiz Prieto
¡Hola! Soy abogado, consultor jurídico de empresas y asesor fiscal y laboral. Amo los viajes, las historias y las narraciones, la tecnología, la justicia social y el emprendimiento. Si te gustan estos temas, te invito a quedarte y leer mi blog, donde te enseñaré a comprender el apasionante mundo del derecho y el funcionamiento de las tecnológicas digitales.